Decisión nº C3198-17, de Consejo de Transparencia de 26 de Septiembre de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 699288013

Decisión nº C3198-17, de Consejo de Transparencia de 26 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaSubsidios y Beneficios
TemaEducación, Grupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C3198-17

Entidad pública: Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB).

Requirente: Francisco Sepúlveda Martínez.

Ingreso Consejo: 11.09.2017.

En sesión ordinaria N° 834 de su Consejo Directivo, celebrada el 26 de septiembre de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3198-17.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

Que, el 11 de septiembre de 2017, don Francisco Sepúlveda Martínez dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud de 21 de abril de 2017, a través de la cual requirió beca de mantención de educación superior para su hijo.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, a fin de resolver la admisibilidad del amparo de la especie, primeramente es necesario determinar si éste cumplió con los requisitos legales, en particular, si el requerimiento que lo motivó constituye una solicitud de acceso a la información amparada por la Ley de Transparencia.

2) Que, es preciso señalar que el artículo 10 de la Ley de Transparencia al referirse a las materias a las que se extiende el derecho de acceso a la información dispone: "El acceso a la información comprende el derecho de acceder a las informaciones contenidas en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, así como a toda información elaborada con presupuesto público, cualquiera sea el formato o soporte en que se contenga, salvo las...

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