Decisión nº C3456-17, de Consejo de Transparencia de 18 de Octubre de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 699288577

Decisión nº C3456-17, de Consejo de Transparencia de 18 de Octubre de 2017

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C3456-17

Entidad pública: Presidencia de la República.

Requirente: Francisco Moraga Cuevas.

Ingreso Consejo: 02.10.2017.

En sesión ordinaria N° 838 de su Consejo Directivo, celebrada el 18 de octubre de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3456-17.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

Que, el 2 de octubre de 2017, don Francisco Moraga Cuevas dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Presidencia de la República, exponiendo lo siguiente: "refuto la sentencia ejecutoria del 28 de febrero 2017 del tribunal de pleno en lo que respecta al reclamo de nacionalidad chilena fecho por el sr. don. juan ramon moraga cuevas (16 septiembre 1974) ministro de fé...intervencionismo y co hecho de visita del presidente del tribunal constitucional a su excelencia la presidenta de la republica de chile en pleno instancia de destitucion hacia su persona. ¿donde estan mis derechos constitucionales? solicita de borre y se anule recurso de amparo del 3 de marzode 2017 por falsificacion de instrumento publico por parte de los sres jueces de la sala penal de la corte suprema de chile" (sic).

Y CONSIDERANDO:

1) Que, a fin de resolver la admisibilidad del amparo de la especie, primeramente es necesario determinar si éste cumplió con los requisitos legales, en particular, si los hechos denunciados constituyen una infracción a la Ley de Transparencia.

2) Que, es preciso señalar que el...

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