Decisión nº C760-16, de Consejo de Transparencia de 5 de Abril de 2016
Fecha de Resolución | 5 de Abril de 2016 |
Tipo | Documentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Municipalidades, Otros, especificar, Vivienda |
DECISIÓN AMPARO ROL C760-16
Entidad pública: Municipalidad de Toltén.
Requirente: Francisco Miranda.
Ingreso Consejo: 08.03.2016.
En sesión ordinaria N° 696 de su Consejo Directivo, celebrada el 05 de abril de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C760-16.
VISTO:
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, con fecha 25 de enero de 2016, don Francisco Miranda realizó una presentación a la Municipalidad de Toltén, ingresada con el código MU323T0000091, a través de la cual solicitó la siguiente información:
a) Listado de campamentos, asentamientos o tomas de terrenos activos en la comuna a diciembre de 2015, con los siguientes requerimientos: nombre, ubicación, cantidad de familias y fuente de información; y,
b) Listado de campamentos, asentamientos o tomas de terrenos cerrados o regularizados en la comuna a diciembre de 2015, con los siguientes requerimientos: nombre, ubicación, cantidad de familias, fecha de regularización y fuente de información.
2) Que, con fecha 08 de marzo de 2016, don Francisco Miranda dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de Toltén, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud.
3) Que, este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, encargada del "Sistema Anticipado de Resolución de Controversias" (SARC), a fin de realizar las gestiones necesarias...
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