Decisión nº C2243-16, de Consejo de Transparencia de 7 de Octubre de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 663576745

Decisión nº C2243-16, de Consejo de Transparencia de 7 de Octubre de 2016

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2016
MateriaGestión de Personas
TemaOrden y Seguridad Interior

DECISIÓN AMPARO ROL C2243-16.

Entidad pública: Carabineros de Chile.

Requirente: Francisco Javier Tello Vallejos.

Ingreso Consejo: 12.07.2016.

En sesión ordinaria N° 744 del Consejo Directivo, celebrada el 7 de octubre de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo rol C2243-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 26 de mayo de 2016, don Francisco Javier Tello Vallejos solicita a Carabineros de Chile, lo siguiente:

a) "Nombre del Oficial a cargo de la Comisión de vehículos motorizados dados de baja, y posteriormente subastados por la Martillero Público doña Margarita Padrón Miranda; indicando grado, unidad, sección o Departamento donde presta los servicios".

b) "Copia de la Resolución, acta, o decreto por la cual Carabineros de Chile, faculta a la Martillero Público doña Margarita Padrón Miranda, a subastar vehículos policiales dados de baja".

c) "Copia del contrato de prestación de servicios entre Margarita Padrón Miranda y Carabineros de Chile, para subastar vehículos policiales dados de baja, indicando el protocolo de responsabilidad en el caso de irregularidades en la subasta, por parte de la Martillero Público, indicando si existen boletas de garantía de responsabilidad por parte del martillero".

2) RESPUESTA: Carabineros de Chile, mediante carta N° 33341, de fecha 22 de junio de 2016, responde la solicitud de acceso señalando que la información requerida fue publicada, con fecha 25 de mayo de 2015 en el Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, banner "búsqueda de licitaciones", digitar licitación N° 5240-167-LP15 y posteriormente link en la respectiva licitación. En relación a la materia en comento, es del caso indicar, lo expuesto en el artículo 15 de la Ley de Transparencia.

3) AMPARO: Con fecha 12 de julio de 2016, don Francisco Javier Tello Vallejos deduce amparo a su derecho de acceso en contra de Carabineros de Chile, fundado en la respuesta negativa a su solicitud de información, puesto que al revisar el enlace indicado éste "guarda relación con un proceso de licitación...

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