Decisión nº C2666-14, de Consejo de Transparencia de 17 de Diciembre de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 556365218

Decisión nº C2666-14, de Consejo de Transparencia de 17 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaJusticia

DECISIÓN AMPARO ROL C2666-14

Entidad pública: Ministerio Público.

Requirente: Francisco Javier Espinoza Olea.

Ingreso Consejo: 12.12.2014.

En sesión ordinaria N° 578 del Consejo Directivo, celebrada el 17 de diciembre de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2666-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 7 de noviembre de 2014, don Francisco Javier Espinoza Olea realizó una presentación ante el Ministerio Público, a través de la cual solicitó acceso a los siguientes antecedentes:

a) Carpeta completa de la investigación administrativa ordenada por Resolución FN/MP N° 851/2014 de la Fiscalía Nacional y Resolución FN/MP N° 1144/2014, en que se dispuso aplicar al Gerente de la División de Recursos Humanos, don Rodrigo Capelli Mora, la medida disciplinaria de amonestación privada, contemplada en el artículo 9, numeral 1, del Reglamento de Responsabilidad Administrativa de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público; y,

b) En especial, por qué cargos fue sancionado.

2) Que, el 6 de diciembre de 2014, el Ministerio Público otorgó respuesta a la solicitud del recurrente, mediante carta DEN/LT N° 426/2014 de 24 de noviembre de 2014, en síntesis, en los siguientes términos:

a) En consideración a que el procedimiento disciplinario afectó a diversas personas, se solicitó a...

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