Decisión nº C2085-14, de Consejo de Transparencia de 19 de Noviembre de 2014
Fecha de Resolución | 19 de Noviembre de 2014 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Compras y Licitaciones |
Tema | Trabajo |
DECISIÓN AMPARO ROL C2085-14
Entidad pública: Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).
Requirente: Francisca Rubilar Tapia.
Ingreso Consejo: 25.09.2014.
En sesión ordinaria N° 569 de su Consejo Directivo, celebrada el 19 de noviembre de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2085-14
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) Que, el 4 de agosto de 2014, doña Francisca Rubilar Tapia efectuó una presentación al SENCE, a través de la cual solicitó copia de los convenios vigentes sobre transferencia de datos suscritos por dicho organismo con terceros, e información relativa al estado actual de la licitación ID 45-87-LP12 (LCE).
2) Que, el 25 de septiembre de 2014, doña Francisca Rubilar Tapia dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra del SENCE, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud.
3) Que, este Consejo determinó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, encargada del "Sistema Anticipado de Resolución de Controversias" (SARC), a fin de realizar las gestiones necesarias con el objeto de obtener por parte del organismo reclamado la...
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