Decisión nº C1706-14, de Consejo de Transparencia de 8 de Octubre de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544590786

Decisión nº C1706-14, de Consejo de Transparencia de 8 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaCompras y Licitaciones
TemaTrabajo

DECISIÓN AMPARO ROL C1706-14

Entidad pública: Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).

Requirente: Francisca Rubilar Tapia.

Ingreso Consejo: 11.08.2014.

En sesión ordinaria N° 560 de su Consejo Directivo, celebrada el 08 de octubre de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1706-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 29 de junio de 2014, doña Francisca Rubilar Tapia efectuó una presentación al SENCE, a través de la cual, requirió se le informara el estado actual de la Licitación ID 45-87-LP12, Servicio de Libros de Clases Electrónico (LCE) y copia del convenio realizado por la empresa Acepta en el marco de esta licitación.

2) Que, el 11 de agosto de 2014, doña Francisca Rubilar Tapia dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra del SENCE, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud.

3) Que, este Consejo determinó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, encargada del "Sistema Anticipado de Resolución de Controversias" (SARC), a fin de realizar las gestiones necesarias con el objeto de obtener por parte del organismo reclamado la...

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