Decisión nº C3591-17, de Consejo de Transparencia de 26 de Diciembre de 2017
Fecha de Resolución | 26 de Diciembre de 2017 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Orden y Seguridad Interior |
DECISIÓN AMPARO ROL C3591-17
Entidad pública: Gendarmería de Chile.
Requirente: Francisca Figueroa San Martín.
Ingreso Consejo: 12.10.2017.
En sesión ordinaria N° 851 de su Consejo Directivo, celebrada el 26 de diciembre de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C3591-17.
VISTO:
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, el 12 de octubre de 2017, doña Francisca Figueroa San Martín dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de Gendarmería de Chile fundado en que dicho organismo, el 21 de septiembre de 2017, otorgó respuesta negativa a su requerimiento, relativo a información de denuncias sobre casos de torturas y apremios ilegítimos en los recintos penitenciarios del país.
2) Que, este Consejo, acordó admitir a tramitación el presente amparo, y procedió a conferir traslado al órgano reclamado, mediante oficio N° 3868, de 24 de octubre de 2017.
3) Que, en virtud a lo anterior, el 17 de noviembre de 2017, ingresó a este Consejo el Ord. N° 14.00.00.1383/17, de 16 de noviembre de 2017, a través del cual Gendarmería de Chile hizo entrega de antecedentes en respuesta al requerimiento.
4) Que, en razón de los antecedentes remitidos por el órgano reclamado, este Consejo determinó derivar el presente amparo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, encargada del "Sistema Anticipado de Resolución de Controversias" (SARC), y procedió a solicitar al reclamante, mediante oficio N°...
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