Decreto 29 - APRUEBA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA CONCESIONARIA EMPRESA DE AGUA POTABLE LOS MOLLES S.A., - E.A.P. LOS MOLLES S.A. - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241751834

Decreto 29 - APRUEBA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA CONCESIONARIA EMPRESA DE AGUA POTABLE LOS MOLLES S.A., - E.A.P. LOS MOLLES S.A.

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

APRUEBA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA CONCESIONARIA EMPRESA DE AGUA POTABLE LOS MOLLES S.A., - E.A.P. LOS MOLLES S.A.

Núm. 29.- Santiago, 13 de enero de 2005.-

Visto:

  1. - El D.F.L. Nº70 de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, y sus modificaciones contenidas en la Ley Nº19.549 ambos del Ministerio de Obras Públicas.

  2. - El D.S. Nº453 del 12 de diciembre de 1989, Reglamento del D.F.L. Nº70 de 1988, modificado por D.S. Nº109 del 10 de marzo de 1998 y el decreto supremo Nº182 del 31 de marzo de 1995, todos ellos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  3. - La Ley Nº18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, y sus modificaciones contenidas en la Ley Nº19.549, del Ministerio de Obras Públicas.

  4. - El decreto Nº34/2000 y el D.S. Rectificatorio Nº91/2000, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  5. - El artículo 68º del D.S. Nº121/91 del Ministerio de Obras Públicas.

  6. - El Estudio Tarifario realizado por la

    Superintendencia de Servicios Sanitarios.

  7. - El Acuerdo Directo de fecha 18 de octubre de 2004, firmado por dicha Superintendencia y el prestador para resolver las discrepancias hechas valer por éste en el proceso tarifario de la Empresa de Agua Potable Los Molles S.A.

  8. - Estos antecedentes.

    Considerando:

  9. Que, en el proceso de fijación de tarifas de la concesionaria Empresa de Agua Potable Los Molles S.A. (en adelante E.A.P. Los Molles S.A.) esta empresa hizo valer discrepancias con relación al estudio tarifario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, las que fueron resueltas mediante un acuerdo directo entre dicha Superintendencia y el prestador, que se formalizó mediante acta de fecha 18 de octubre de 2004.

  10. Que el acta de acuerdo directo se aprobó mediante resolución (exenta) de la Superintendencia de Servicios Sanitarios Nº2.969 de fecha 18 de noviembre de 2004,

    Decreto:

  11. Apruébense las siguientes fórmulas tarifarias

    para obtener los precios máximos aplicables a los

    servicios de producción y distribución de agua potable y

    recolección y disposición de aguas servidas para la

    Empresa de Agua Potable Los Molles S.A. - E.A.P. Los

    Molles S.A.:

    1. Fórmulas Tarifarias para usuarios finales

      a.1 Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL

      CFCL = CF x IN1

      a.2 Cargo variable por consumo de agua potable en

      período no punta ($/m3): CVAP

      CVAP = CV1 x IN2 + CV4 x IN5

      a.3 Cargo variable por consumo de agua potable

      en período punta ($/m3): CVAPP

      CVAPP = CV2 x IN3 + CV5 x IN6

      a.4 Cargo variable por sobreconsumo de agua

      potable en período punta ($/m3): CVAPP2

      CVAPP2 = CV3 x IN4 + CV6 x IN7

      a.5 Cargo variable por servicio de alcantarillado

      de aguas servidas en período no punta ($/m3):

      CVAL

      CVAL = CV7 x IN8 + CV10 x IN11

      a.6 Cargo variable por servicio de alcantarillado

      de aguas servidas en período punta ($/m3):

      CVALP

      CVALP = CV8 x IN9 + CV11 x IN12

      a.7 Cargo variable por sobreconsumo de servicio

      de alcantarillado de aguas servidas en período

      punta ($/m3): CVALP2

      CVALP2 = CV9 x IN10 + CV12 x IN13

    2. La descripción de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de 2003, son los indicados a continuación:

      b.1 Definición y valorización de los cargos

      tarifarios:

      CF Cargo fijo por cliente. 788,83

      CV1 Cargo variable por producción de

      agua potable en período no punta. 159,31

      CV2 Cargo variable por producción de

      agua potable en período punta. 149,01

      CV3 Cargo variable de sobreconsumo por

      producción de agua potable en período

      punta. 463,54

      CV4 Cargo variable por distribución de

      agua potable en período no punta. 237,51

      CV5 Cargo variable por distribución de

      agua potable en período punta. 229,32

      CV6 Cargo variable de sobreconsumo por

      distribución de agua potable en

      período punta. 906,45

      CV7 Cargo variable por recolección de

      aguas servidas en período no punta. 195,56

      CV8 Cargo variable por recolección de

      aguas servidas en período punta. 192,60

      CV9 Cargo variable de sobreconsumo por

      recolección de aguas servidas en

      período punta. 608,27

      CV10 Cargo variable por disposición de

      aguas servidas en período no punta. 117,57

      CV11 Cargo variable por disposición de

      aguas servidas en período punta. 101,28

      CV12 Cargo variable de sobreconsumo por

      disposición de aguas servidas en período

      punta. 383,61

    3. Polinomios de Indexación

      IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9, IN10, IN11, IN12, IN13, IN14, IN15, IN16, IN17, IN18, IN19, IN20, IN21, IN22: polinomios de indexación de tarifas. Se calculan utilizando la siguiente fórmula general:

      INi = ai x IIPC + bi x IIPMN + ci x IIPMI

      donde:

      IIPC : Indice del Indice de Precios al Consumidor, calculado como IPC/IPCo, en que IPC es el Indice de Precios al Consumidor, publicado por el INE e IPCo el correspondiente a diciembre de 2003 IPCo = 114,07

      IIPMN : Indice del Indice de Precios al por Mayor de Productos Nacionales, calculado como IPMN/IPMNo, en que IPMN es el Indice de Precios al por Mayor de Productos Nacionales publicado por el INE e IPMNo el correspondiente a diciembre de 2003 IPMNo = 195,28 IIPMI : Indice del Indice de Precios al por Mayor de Productos Importados calculado como IPMI/IPMIo, en que IPMI es el Indice de Precios al por Mayor de Productos Importados Publicado por el INE e IPMIo el correspondiente a diciembre de 2003 IPMIo = 189,48

      A continuación se indican los valores de ai, bi y ci, para el respectivo INi.

      Varia- Definición INi ai bi ci

      ble

      CF Cargo fijo por cliente. 1 0,0066 0,9934 0,0000

      CV1 Cargo variable por

      producción de agua

      potable en período no

      punta. 2 0,3242 0,1782 0,4976

      CV2 Cargo variable por

      producción de agua

      potable en período

      punta. 3 0,2252 0,1998 0,5750

      CV3 Cargo variable de

      sobreconsumo por

      producción de agua

      potable en período

      punta. 4 0,2326 0,2061 0,5613

      CV4 Cargo variable por

      distribución de agua

      potable en período

      no punta. 5 0,4002 0,5775 0,0223

      CV5 Cargo variable por

      distribución de agua

      potable en período

      punta. 6 0,4002 0,5775 0,0223

      CV6 Cargo variable de

      sobreconsumo por

      distribución de agua

      potable en período

      punta. 7 0,4003 0,5769 0,0228

      CV7 Cargo variable por

      recolección de aguas

      servidas en período

      no punta. 8 0,2022 0,2427 0,5551

      CV8 Cargo variable por

      recolección de aguas

      servidas en período

      punta. 9 0,1718 0,2487 0,5795

      CV9...

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