Formulario 1922 denominada 'Declaración Jurada anual sobre información de fondos de terceros presentada por administradoras de fondos de inversión, fondos mutuos y fondos de inversión privado y por los bancos, corredores - Núm. 53, Noviembre 2017 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703331329

Formulario 1922 denominada 'Declaración Jurada anual sobre información de fondos de terceros presentada por administradoras de fondos de inversión, fondos mutuos y fondos de inversión privado y por los bancos, corredores

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NORMAS SOBRE PRECIOS
DE TRANSFERENCIA
11.- Formulario 1922 denominada “Declaración Jurada anual sobre información
de fondos de terceros presentada por administradoras de fondos de inversión,
fondos mutuos y fondos de inversión privado y por los bancos, corredores..
RESOLUCIÓN EX. SII N°99, DE 13.10.2017
ADECÚA DECLARACIÓN JURADA FORMULARIO N° 1922, SEGÚN LA NORMATIVA
VIGENTE.
Hoy se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 1°, 4° bis y 7° de la Ley Orgánica del Servicio
de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7, del Ministerio
de Hacienda, de 1980; en el artículo 6°, letra A), N° 1, 34 y 35, ambos del Código
Tributario, contenido en el artículo 1° del D. L. N° 830, de 1974; en los Artículos 81,
la Renta, contenida en el artículo 1° del DL. N° 824; y en la Resolución Exenta SII
N°20, del 10.03.2015.
CONSIDERANDO:
Que, a este Servicio le corresponde la aplicación y scalización de todos los
impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, scales o de
otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente
encomendado por la ley a una autoridad diferente y, asimismo, scalizar en forma
eciente y oportuna el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias que la
ley establece.
2° Que, el artículo 34 del Código Tributario establece que están obligados a atestiguar
bajo juramento sobre los puntos contenidos en una declaración, los contribuyentes, los
que la hayan rmado, los técnicos y asesores que hayan intervenido en su confección
o en la preparación de ella o de sus antecedentes, siempre que este Servicio lo
requiera, dentro de los plazos de prescripción.
3° Que, el artículo 35 del Código Tributario establece que este Servicio podrá exigir a
los contribuyentes, junto con las declaraciones, la presentación de otros documentos
tales como libros de contabilidad, detalle de las cuentas de pérdidas y ganancias,
documentos o exposición explicativa y demás que justiquen el monto de la renta
declarada y las partidas anotadas en la contabilidad.
4° Que, mediante Resolución Exenta SII N° 20, del 10 de marzo de 2015, se estableció
que las Administradoras de Fondos de Inversión Públicos, de Fondos Mutuos y de
Fondos de Inversión Privados y los Bancos, Corredores de Bolsa e Instituciones
Intermediarias que efectúen inversiones a su nombre por cuenta de terceros en fondos
de inversión y fondos mutuos, debían presentar anualmente al Servicio de Impuestos
Internos la Declaración Jurada Anual N° 1922 denominada “Declaración Jurada
Anual sobre información de Fondos de Terceros presentada por Administradoras de
Fondos de Inversión Públicos, Fondos Mutuos y Fondos de Inversión Privados y por
los Bancos, Corredores de Bolsa e Instituciones Intermediarias que hayan efectuado
NORMATIVAS TRIBUTARIAS

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