Forestal Hermanos Valdivia de la Sotta Limitada
Número de registro | CVE-1938463 |
Fecha de publicación | 05 Mayo 2021 |
Sección | Empresas y Cooperativas |
Número de Gaceta | 42.946 |
CVE 1938463 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.946 | Miércoles 5 de Mayo de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1938463
EXTRACTO
ALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, abogado, Notario Público, Titular de la 42ª
Notaría Santiago, con oficio en Calle Agustinas Nº 1.070 piso 2, certifico: que por escritura
pública de fecha 29 de abril de 2021, ante mí, Pedro Samuel Valdivia De La Sotta, domiciliado
en calle Monseñor Escrivá de Balaguer N° 9.547, departamento N° 502B, comuna de Vitacura;
Juan Pablo Valdivia De La Sotta, domiciliado en Pasaje La Aurora N° 1816, comuna de Vitacura
y Felipe Andrés Valdivia De La Sotta, domiciliado en calle Monitor Araucano N° 680,
departamento AC 44, comuna de Providencia; constituyeron una sociedad de responsabilidad
limitada, cuyos estatutos son los siguientes: 1) Razón Social: Forestal Hermanos Valdivia de la
Sotta Limitada; 2) Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de
la razón social corresponderá a Pedro Samuel Valdivia de la Sotta,a Juan Pablo Valdivia de la
Sotta,o a Felipe Andrés Valdivia de La Sotta, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos;
3) Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda
establecer sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o en el extranjero; 4)
Capital: El capital de la sociedad será la cantidad de $3.000.000, el cual se aporta y paga de la
siguiente forma: /a/ don Pedro Samuel Valdivia de la Sotta, aporta la cantidad de $1.000.000,
esto es, un treinta y tres coma tres por ciento del capital social, suma que se entera en este acto,
en dinero efectivo y a entera satisfacción de la Sociedad; /B/ don Juan Pablo Valdivia de la Sotta,
aporta la cantidad de $1.000.000, esto es, un treinta y tres coma cuatro por ciento del capital
social, suma que se entera en este acto, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la Sociedad;
y, /C/ don Felipe Andrés Valdivia de La Sotta aporta la cantidad de $1.000.000, esto es, un
treinta y tres coma tres por ciento del capital social, suma que se entera en este acto, en dinero
efectivo y a entera satisfacción de la Sociedad. Los socios limitan su responsabilidad al monto de
sus respec¬tivos aportes. 5) Objeto: El objeto de la sociedad será: (i) la explotación, a cualquier
título, de bosques o predios agrícolas, propios o de terceros, y la comercialización de sus
productos; (ii) vender o celebrar cualquier otro contrato, que permita enajenar árboles en pie o
trozados, con o sin corteza; y (iii) en general toda gestión que diga relación con la explotación
forestal en cualquiera de sus aspectos; 6) Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 3
años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se entenderá prorrogado
automáticamente por períodos sucesivos y continuos de 3 años cada uno si ninguno de los socios
manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período respectivo que estuviere en
vigen¬cia, mediante declaración por escritura pública que deberá anotarse al margen de la
inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos 6
meses a la fecha del término del período de vigencia o de la prórroga respectiva.- Demás
estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de abril de 2021.
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