Desde el fondo de reserva hasta demandas colectivas: quién responde por daños a viviendas - 7 de Diciembre de 2019 - El Mercurio - Noticias - VLEX 828790721

Desde el fondo de reserva hasta demandas colectivas: quién responde por daños a viviendas

Tras el estallido social, muchas comunidades, ya sean edificios o condominios de casas, aledaños a sitios conflictivos sufrieron daños colaterales o graves destrozos debido al vandalismo que se vivió en Santiago y regiones. Vidrios rotos, rejas usadas como barricadas y edificios tapizados con placas metálicas son algunas de las postales que se pueden seguir viendo actualmente en esas zonas. Ante esto, surge la duda de cómo y quién responde por la destrucción causada a la propiedad privada, específicamente en las comunidades.Según expertos, existen múltiples formas de resolver y prevenir estos perjuicios. Por la inmediatez y necesidad de protección, la utilización de los fondos de reserva es la opción que ha sido más requerida para resolver los daños cometidos y prevenir los futuros. De acuerdo a la ley de copropiedad, esta "caja chica" puede ser utilizada bajo tres causales: imprevistos, gastos urgentes o reparaciones.José Manuel Figueroa, abogado experto en copropiedad inmobiliaria y socio de Figueroa, Illanes, Huidobro y Salamanca, recomienda que en caso de haber tomado esta medida, "los costos asociados podrían recuperarse mediante un adicional en los gastos comunes en un plazo no superior a 12 meses. La idea es que no sea un pago eterno y que tampoco afecte de sobremanera el presupuesto de los hogares en la comunidad".Para la utilización del fondo de reserva, tanto la administración como la comunidad mediante una asamblea simple (convocatoria abierta y sin quórum para validar decisiones) pueden tomar la determinación de cómo proceder.Las demandas colectivas de la comunidad frente a quienes resulten responsables por los daños son otras de las medidas que pueden tomar los condominios; sin embargo, por la demora de este trámite, expertos recomiendan que estas acciones se realicen en paralelo a una reparación, fortificación o la tramitación de los seguros correspondientes.Figueroa explica que este tipo de demanda tiene una arista penal que ve la fiscalía y otra civil por daños y perjuicios, "donde esta última siempre viene acompañada de una restitución monetaria por los daños materiales en que incurrió el demandado. El problema surge cuando es una turba de 100 personas que atacan un edificio, porque es más difícil identificarlos".Cobertura del seguro depende del contratoPara reparar, también se puede hacer uso de los seguros contratados por las comunidades en caso de contar con ellos, ya que por ley las comunidades solo deben contar con una...

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