Flores - Fernández - 1 de Julio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 936517300

Flores - Fernández

Número de registroCVE-2334924
Fecha de publicación01 Julio 2023
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.590
CVE 2334924 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.590 | Sábado 1 de Julio de 2023 | Página 1 de 6
Publicaciones Judiciales
CVE 2334924
NOTIFICACIÓN
En Causa RIT O-118-2023, RUC: 23-4-0475699-0, caratulada “FLORES/FERNÁNDEZ”,
del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Ángeles, mediante resolución de fecha 15 de junio de
2023, se ha ordenado notificar de conformidad al artículo 439 del Código del Trabajo, por aviso
en el Diario Oficial a la demandada KATHERINNE ALEJANDRA FERNÁNDEZ GARCÍA,
RUT 16.396.602-6, la demanda, proveído y la presente resolución; las que se reproducen a
continuación: EN LO PRINCIPAL: Demanda por Nulidad del Despido, Despido Indirecto y
cobro de prestaciones laborales; PRIMER OTROSÍ: Acompaña Documentos; SEGUNDO
OTROSÍ: Solicita forma especial de notificación; TERCER OTROSÍ: Privilegio de pobreza;
CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y Poder. S.J.L. DEL TRABAJO DE LOS ANGELES. JUAN
LUIS FLORES LEAL, conductor, cédula de identidad N°8.971.297-1, con domicilio en calle
Los Aztecas N°1640, Villa Las Américas, comuna de Los Ángeles, a US., respetuosamente digo:
Que estando dentro de plazo legal, vengo en interponer demanda en Procedimiento Ordinario por
Nulidad del Despido, Despido Indirecto y Cobro de Prestaciones Laborales, en contra de mi ex
empleador doña KATHERINE ALEJANDRA FERNÁNDEZ GARCÍA, cédula de identidad
N°16.396.602-6, domiciliada en Uno Poniente N°2506, Parque Sevilla, comuna de Los Ángeles,
en virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que expongo a continuación: I.
RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS. A. ANTECEDENTES DE LA
RELACIÓN LABORAL. 1. Con fecha 05 de agosto de 2020, ingresé a prestar servicios bajo
vínculo de subordinación y dependencia para mi ex empleador doña Katherine Alejandra
Fernández García, contratándome en calidad de “Conductor”, desempeñando mis funciones en
diversas comunas de la Región del Bío-Bío, según las órdenes de mi ex empleadora. 2. En
relación con mis funciones, éstas comprendían el manipular, supervisar y transportar mercancías
por carretera de acuerdo con las normas en vigor y las instrucciones o programa de servicio,
además de realizar el mantenimiento preventivo básico del vehículo, la reparación de averías
simples en ruta y demás funciones inherentes a mi cargo. 3. En cuanto a la naturaleza de mi
contrato de trabajo era indefinido. 4. En relación con mi horario laboral, durante todo el periodo
fui sujeto a jornadas de trabajo de 45 horas semanales. 5. En relación con mi remuneración, se
me pagaba mensualmente una cantidad de $400.000.- (cuatrocientos mil pesos) los cuales me
eran cancelados en efectivo entre los días 01 a 05 de cada mes. 6. Es menester señalar que,
durante todo el desarrollo de la relación laboral registré un buen desempeño, cumpliendo de
forma responsable y eficiente cada una de las tareas que demandaba mi función; nunca tuve
dificultades en el trabajo y siempre desarrollé las actividades que se me encargaron, de acuerdo a
las instrucciones que me daba mi ex empleador. B. ANTECEDENTES DE TÉRMINO DE LA
RELACIÓN LABORAL. 1. El día 13 de octubre de 2020 sufrí un accidente del trabajo, mientras
ejercía mis funciones en la comuna de Concepción, en el camión que mi ex empleadora me
otorgó para realizar labores. 2. Es menester indicar que, dicho Camión Internacional, Rampla de
6 ejes, de patente NF4165, no contenía los utensilios de seguridad ni de protección adecuados
para evitar este tipo de accidentes o prestar los primeros auxilios en caso contrario. 3. Dicho
accidente se produjo puesto que el camión en el que cumplía mis funciones, no cumplía con las
condiciones para contener la carga que se me indicó que era, lo que provocó que el camión se
volcara completamente al pasar por una pasarela del sector. 4. A raíz de ese accidente, fui
trasladado de urgencia en ambulancia al Hospital Guillermo Grant Benavente, ubicado en calle
San Martín N°1436, en la comuna de Concepción, Región del Bío-Bío, en donde se me
constataron las diversas lesiones que se me produjeron, y que constan en el Acta de Datos de
Urgencia del recinto hospitalario mencionado, y que acompañaré en la oportunidad procesal
correspondiente. 5. Además, debo agregar que, a consecuencia del accidente laboral que sufrí en
esa oportunidad, quedé con lesiones permanentes en mi pierna izquierda que me imposibilitan
trabajar. 6. Con posterioridad al accidente, fui citado a declarar en la Fiscalía de Concepción por
el delito de receptación puesto que el camión que se había entregado para realizar mis funciones,

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