Fiscalización acuerdo conciliatorio con Telefónica Móviles Chile S.A. (Movistar), 16-12-2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 873417438

Fiscalización acuerdo conciliatorio con Telefónica Móviles Chile S.A. (Movistar), 16-12-2014

Fecha16 Diciembre 2014
Fecha de publicación16 Septiembre 2015
Tipo de AsuntoConcentraciones o Integraciones
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santiaso, l6SiT.Z01b
VISTOS:
1) El Acuerdo Conciliatorio celebrado entre la Fiscalía Nacional Económica
("FNE") y la empresa Telefónica Móviles Chile S.A. ("Movistar"), con el
objeto de poner término al procedimiento contencioso por incumplimiento
de las lnstrucciones Generales, presentado ante el H. Tribunal de Defensa
de la Libre Competencia ("TDLC") con fecha 16 de diciembre de 2014, y
que fuera aprobado mediante resolución de fecha 24 de diciembre de2Oj4,
referido a una serie de compromisos asumidos por la empresa, orientados a
favorecer la libre competencia en los mercados involucrados y con ello
beneficiar a los consumidores, respecto a los precios en los servicios
públicos de telefonía "on-net" y "off-net", y a las ofertas conjuntas de
servicios de telecomunicaciones ("lnstrucciones Generales" o "lé2"¡;
2) El lnforme de Archivo de la División de Abusos Unilaterales, de fecha 16 de
septiembre de 2015;
3) Lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, y 39 del Decreto Ley N" 211 ("DL
2'11"); y,
CONSIDERANDO:
Que, en síntesis, el cumplimiento del Acuerdo Conciliatorio se refirió a: a)
planes multimedia que comprenden números unidos "on-net,'; b) bolsas de
minutos que incluían minutos de voz "on-net"; c) desagregación de ofertas
multimedia; d) remedio conductual, consistente en- cápacitaciones; e)
cumplimiento de plazos para la implementación de las obligaciones
precedentes; y f) auditorÍa que certifique lo indicado en el compromiso
Noveno.
Que respecto al cumplimiento por parte de Movistar del Acuerdo
Conciliatorio, no se ha hallado evidencia de incumplimiento de las
obligaciones allí pactadas, lo que ha sido confirmado en base a la
informaciÓn remitida por Movistar, así como por la auditoría realizada por
Grant rhornton, surlatina Auditores Ltda. ("Grant rhornton").
Que, adicionalmente, se ha podido constatar que Movistar efectuó las
publicaciones en los términos convenidos en el Acuerdo, y que con fecha b
de agosto de 2015, la auditora Grant Thornton entregó tanto a esta Fiscalía
como Movistar, un documento denominado "lnforme Auditoria Acuerdo
Conciliatorio", con el objeto de dar cumplimiento a la obligación contenida
en el numeral Noveno del Acuerdo, en el que se describe en detalle la
forma cómo Movistar implementó los acuerdos alcanzados con esta
Fiscalía y que fueron objeto de la auditoría.
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2)
3)
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www.fne.gob.cl

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