Resolución núm. 6 EXENTA, publicada el 13 de Enero de 2011. DELEGA FIRMA DEL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN EN MATERIA QUE INDICA, EN LOS SECRETARIOS REGIONALES DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN QUE SEÑALA - MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469692554

Resolución núm. 6 EXENTA, publicada el 13 de Enero de 2011. DELEGA FIRMA DEL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN EN MATERIA QUE INDICA, EN LOS SECRETARIOS REGIONALES DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACIÓN
Rango de LeyResolución

DELEGA FIRMA DEL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN EN MATERIA QUE INDICA, EN LOS SECRETARIOS REGIONALES DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN QUE SEÑALA

Santiago, 3 de enero de 2011.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 6 exenta.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 5º del DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.989, Orgánica del Ministerio de Planificación; ley Nº 19.880, Sobre Bases de los Procedimientos Administrativos; ley Nº 19.885, que incentiva y norma el buen uso de donaciones que dan origen a beneficios tributarios y los extiende a otros fines sociales y públicos; decreto supremo Nº 77, de 2009, del Ministerio de Planificación, que aprueba Reglamento del Fondo Mixto de Apoyo Social y de las Donaciones con Fines Sociales sujetas a beneficios tributarios contemplados en la ley Nº 19.885; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de trámite de toma de razón.

Considerando:

Que, la ley Nº 19.885, que "Incentiva y norma el buen uso de donaciones que dan origen a beneficios tributarios y los extiende a otros fines sociales y públicos", dispone en su artículo 3º que el Fondo Mixto de Apoyo Social será administrado por un Consejo cuya presidencia radica en el Ministro de Planificación;

Que, del artículo 6º de la ley Nº 19.885, en relación con lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo Nº 77, de 2009, del Ministerio de Planificación, que aprueba el Reglamento del Fondo Mixto de Apoyo Social, se extrae que el Ministerio de Planificación es quien debe suscribir los convenios de ejecución de proyectos con los adjudicatarios del concurso del Fondo Mixto;

Que, mediante resolución exenta Nº 754, de fecha 30 de julio de 2010, del Ministerio de Planificación, se aprobaron las Bases de "Concurso Público de Proyectos Sociales 2010", cuya acta de adjudicación fue aprobada por el Consejo del Fondo Mixto de Apoyo Social con fecha 2 de noviembre de 2010, acordándose, asimismo, que se delegue la facultad del Ministro de Planificación de firmar los Convenios de Ejecución, en los Secretarios Regionales de Planificación y Coordinación de la Región de Antofagasta, de la Región del Maule, de la Región de Magallanes y de la...

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