FINANCIAL SERVICE ARG-CH SpA - 4 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 954953089

FINANCIAL SERVICE ARG-CH SpA

Número de registroCVE-2416880
Fecha de publicación04 Diciembre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.717
CVE 2416880 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.717 | Lunes 4 de Diciembre de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2416880
EXTRACTO
JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en Gran
Avenida N°4886, San Miguel; certifica que por escritura pública otorgada, hoy ante mí con
Repertorio N°1623, Mariano Alfredo Casera Ubilla, C.I. N°8.531.619-2, abogado, en
representación de Adrián Alejandro Agüera, argentino, DNI N° 20.770.948, Pasaporte N°
AAD576484, C.I. N° 28.166.065-9, domiciliados Monseñor Sotero Sanz N° 100, OF 604,
Providencia, constituyó Sociedad por Acciones denominada FINANCIAL SERVICE ARG-CH
SpA. DURACION. Indefinida. DOMICILIO. Ciudad y Provincia de Santiago, comuna de
Providencia, Región Metropolitana, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias
o sucursales que los socios acuerden establecer, en el país o en el extranjero. OBJETO SOCIAL
(a) La inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, la
adquisición y enajenación a cualquier título, arrendamiento y explotación en cualquier forma de
bienes muebles o raíces; la planificación, administración, ejecución, desarrollo, gestión,
comercialización y explotación de proyectos y negocios inmobiliarios y de bienes inmuebles,
propios o ajenos o por cuenta propia o de terceros, y en todas sus formas; (b) El desarrollo de
todo tipo de inversiones con fines rentísticos, en Chile y/o en el extranjero, por cuenta propia o
ajena, la adquisición, enajenación y administración de toda clase de valores mobiliarios,
incluyendo acciones, bonos, efectos de comercio, derechos en sociedades de cualquier naturaleza
y todo otro tipo de valores; (c) El desarrollo e implementación de proyectos de inversión, la
promoción y desarrollo de toda clase de negocios, sean industriales o de servicios. Para estos
fines, podrá dedicarse a la compraventa de empresas y a la comercialización de bienes; (d)
Formar, participar e invertir en otras sociedades de cualquier naturaleza, constituir toda clase de
sociedades, cooperativas, comunidades, corporaciones, fundaciones e incorporarse a otras ya
existentes, desarrollar actividades de su giro por sí misma o a través de sociedades que se
constituyan al efecto, como socia, accionista o de cualquier otra manera; (e) la representación de
agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil;
y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o
mandantes chilenos o extranjeros; (f) la realización de todo tipo de estudios, asesorías y
consultorías de carácter comercial, económico, financiero, de gestión, estadísticos y técnico; y
(g) En general, cualquier otro acto o negocio lícito necesarios o convenientes para desarrollar y
que derive del giro social, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. CAPITAL.
$10.000.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias y nominativas, de igual valor y sin valor
nominal, las que se suscriben, enteran y pagan de la siguiente manera: a) $4.000.000., por 400
acciones, que el accionista, Adrián Alejandro Agüera, a través de mandatario suscribe y paga en
este acto en dinero efectivo; y, ii) $6.000.000.-, en dinero efectivo, por 600 acciones quien, a
través de mandatario, suscribe, y se obliga a pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la
fecha de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. Se incluyen
otras menciones que no son materia de extracto y que constan escritura extractada. San Miguel,
01 de diciembre de 2023.- Jorge Reyes Bessone.-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR