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Decreto núm. 5T, publicado el 06 de Agosto de 2014. FIJA VALORES DE INVERSIÓN DEFINITIVOS DE LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

FIJA VALORES DE INVERSIÓN DEFINITIVOS DE LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN QUE INDICA

Núm. 5T.- Santiago, 12 de mayo de 2014.- Vistos:

  1. Lo dispuesto en el artículo 35 de la Constitución Política de la República;

  2. Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 4, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente la "Ley"; especialmente lo establecido en su artículo 94º;

  3. Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 327, de 1997, del Ministerio de Minería, que fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos;

  4. La ley Nº 20.402, que crea el Ministerio de Energía, estableciendo modificaciones al decreto ley Nº 2.224, de 1978 y a otros cuerpos legales;

  5. Lo señalado en el decreto exento Nº 243, de 26 de enero de 2010, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija plan de expansión del sistema de transmisión troncal del sistema interconectado central para los doce meses siguientes, modificado por el decreto exento Nº 177, de 29 de julio de 2010, del Ministerio de Energía, en adelante "decreto exento Nº 243";

  6. Lo señalado en el decreto exento Nº 143, de 19 de mayo de 2011, del Ministerio de Energía, que fija valor de inversión referencial para nuevo proceso de licitación del proyecto "Ampliación S/E Alto - Jahuel", obra calificada como ampliación del Sistema de Transmisión Troncal del Sistema Interconectado Central para los doce meses siguientes, y fija condiciones técnicas y administrativas, en adelante "decreto exento Nº 143";

  7. Lo señalado en el decreto exento Nº 115, de 2 de mayo de 2011, del Ministerio de Energía, que fija plan de expansión del sistema de transmisión troncal para los doce meses siguientes, para las obras necesarias para el abastecimiento de la demanda, modificado por el decreto exento Nº 399, de fecha 12 de octubre de 2011, del Ministerio de Energía, en adelante "decreto exento Nº 115";

  8. Lo señalado en el decreto exento Nº 116, de 2 de mayo de 2011, del Ministerio de Energía, que fija plan de expansión del sistema de transmisión troncal para los doce meses siguientes, para las obras de normalización y adecuación de instalaciones troncales, en adelante "decreto exento Nº 116";

  9. Lo informado por Transelec S.A. a la Comisión Nacional de Energía, en adelante e indistintamente la Comisión, mediante carta G Nº 1184, de fecha 21 de octubre de 2011;

  10. Lo informado por Colbún S.A. a la Comisión, mediante carta GTX Nº 36/2012, de fecha 20 de noviembre de 2012;

  11. Lo informado por la Comisión, mediante oficio CNE Of. Ord. Nº 58, de 30 de enero de 2013, que adjunta el Informe Técnico "Resultado Final de las Licitaciones de las Obras de Ampliación que se indican. Sistema Interconectado Central. Enero de 2013";

  12. Lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

  13. Que de acuerdo a lo...

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