Decreto núm. 14, publicado el 20 de Mayo de 1991. FIJA TARIFAS ACTUACIONES DE LA LEY N° 18.356, QUE ESTABLECE EL CONTROL DE LAS ARTES MARCIALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA TARIFAS ACTUACIONES DE LA LEY N° 18.356, QUE ESTABLECE EL CONTROL DE LAS ARTES MARCIALES
Núm. 14.- Santiago, 1° de Febrero de 1991.- Visto
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Lo dispuesto en el N° 8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile.
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Lo dispuestpo en el artículo N° 7 y artículo transitorio de la Ley N° 18.356, de 1984.
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La resolución N° 1.050, de 1980, de la Contraloría General de la República.
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Lo dispuesto en el Reglamento Complementario de la Ley N° 18.356, aprobado por D.S. N° 42, de 16.ABR.1985; y e) Lo propuesto por la Dircción general de Movilización Nacional.
Decreto:
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- Fíjase para el año 1991 las siguientes tarifas para los permisos y deligencias relacionadas con la Ley N° 18.356, que establece el Control de las Artes Marciales, de acuerdo al siguiente detalle:
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Item Permiso Tasa
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01 Permiso anual para Alumno de Artes
Marciales $ 637.-
02 Permiso anual para Instructor de
Artes Marciales. 7.638.-
03 Permiso anual para mantener en funciones
Establecimientos o Academias de Artes
Marciales. 15.276.-
04 Permiso para abrir establecimientos o
Academias de Artes Marciales. 15.276.-
05 Permiso para crear la Rama de Artes
Marciales e iniciar la actividad en
Instituciones. 4.000.-
06 Permiso para Cursos de Adiestramiento y
capacitación en Artes Marciales que
efectúe y desarrolle cualquier organismo
o Institución. 4.000.-
07 Permiso para elaborar y fabricar
implementos relacionados con las Artes
Marciales 9.000.-
08 Permiso para poseer, tener o portar
implementos relacionados con las Artes
Marciales. 1.500.-
09 Permiso para la realización de
competencias, exhibiciones o cualquier
evento relativo a las Artes Marciales de 4.583.-
categoría nacional.
10 Permiso para la realización de competencias,
campeonatos, exhibiciones o cualquier
evento relativo a las Artes Marciales de
categoría regional. 4.583.-
11 Permiso para la realización de competencias,
campeonatos, exhibiciones o cualquier evento
relativo a las Artes Marciales de categoría
internacional. 4.583.-
12 Permiso para que extranjeros transeúntes
puedan realizar alguna actividad relacionada
con las Artes Marciales en el país. 4.500.-
13 Permiso anual para distribuir, comercializar
o tomar representaciones de los fabricantes
de implementos de las Artes Marciales. 6.500.-
14 Permiso anual para distribuir,
comercializar o tomar representaciones
de material escrito o audiovisual...
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