Decreto 331 - FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS SANTIAGO PONIENTE S.A. - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241064498

Decreto 331 - FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS SANTIAGO PONIENTE S.A.

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto

FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS SANTIAGO PONIENTE S.A.

Núm. 331.- Santiago, 27 de noviembre de 2007.- Vistos:

  1. - El D.F.L. N°70 de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, del Ministerio de Obras Públicas.

  2. - El Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, D.S. N°453, del 12 de diciembre de 1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  3. - El Decreto N°870 del 22 de septiembre de 1997, publicado el 15 de noviembre de 1997, del Ministerio de Obras Públicas que otorga las concesiones de Producción y Distribución de Agua Potable y Recolección y Disposición de Aguas Servidas a la empresa "Servicios de Agua Potable Barrancas S.A.", hoy Aguas Santiago Poniente S.A.

  4. - El Decreto N°288 del 23 de diciembre de 2002, publicado el 6 de enero de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  5. - La Ley Nº18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS).

  6. - El artículo 100 del D.S. Nº1.199 de 2004, del Ministerio de Obras Públicas.

  7. - Discrepancias de la Empresa Aguas Santiago Poniente S.A. de fecha 29 de agosto de 2007; Acta de acuerdo entre la Superintendencia de Servicios Sanitarios y la Empresa Aguas Santiago Poniente S.A., con fecha 13 de septiembre de 2007, aprobada mediante Resolución SISS N°3.309 de fecha 26 de octubre de 2007.

  8. - El Estudio Tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados.

    Considerando:

  9. - Que, en conformidad con el artículo 2 de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción;

  10. - Que, el procedimiento de fijación de tarifas correspondientes a los servicios públicos sanitarios para la Empresa Aguas Santiago Poniente S.A., correspondiente al quinquenio 2008-2012, cumple con las etapas en la forma y plazos dispuestos por la mencionada Ley.

  11. - Que en el proceso de fijación de tarifas de la Empresa Aguas Santiago Poniente S.A. esta empresa hizo valer discrepancias a determinados parámetros del estudio tarifario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, las que fueron resueltas mediante un acuerdo directo entre dicha Superintendencia y el prestador, formalizado mediante acta de acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007.

  12. - Que el acta de acuerdo directo se aprobó mediante Resolución (exenta) de la Superintendencia de Servicios Sanitarios N°3.309 de fecha 26 de octubre de 2007.

  13. - Que la fijación de tarifas ha cumplido además con las Bases, normas y actos de procedimiento establecidos en el D.F.L. MOP N°70 de 1988 y su reglamento,

    Decreto:

    Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la Empresa Aguas Santiago Poniente S.A., en los siguientes términos:

  14. DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1. DEFINICIÓN DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL

    CFCL = CF * IN1

    1.1.2. Cargo variable por consumo de agua potable en período no punta ($/m3): CVAP

    CVAP = CV1 * IN2 + CV4 * IN5

    1.1.3. Cargo variable por consumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP

    CVAPP = CV2 * IN3 + CV5 * IN6

    1.1.4. Cargo variable por sobreconsumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP2

    CVAPP2 = CV3 * IN4 + CV6 * IN7

    1.1.5. Cargo variable por servicio de alcantarillado de aguas servidas ($/m3): CVAL

    CVAL = CV7 * IN8 + CV8 * IN9

    1.2. DEFINICIÓN, VALOR DE LOS CARGOS TARIFARIOS Y MECANISMO DE INDEXACIÓN

    La definición de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de 2006, son los indicados a continuación:

    1.2.1. Definición y valor de cargos tarifarios

    1.2.1.1 Sector 1: Corresponde a una parte del Territorio Operacional de Aguas Santiago Poniente S.A., determinado en D. S. N°870, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas. Esta parte constituye un polígono que se define por las siguientes coordenadas:

    Listado de Coordenadas

    Ptos. Norte Este

    1 6.299.195,35 335.585,24

    2 6.299.184,82 335.358,08

    3 6.299.653,92 335.381,62

    4 6.299.656,96 335.454,46

    5 6.299.794,65 335.445,98

    6 6.299.821,80 335.300,63

    7 6.299.498,58 335.283,34

    8 6.299.500,74 335.169,47

    9 6.299.254,17 335.162,14

    10 6.299.271,21 334.634,13

    11 6.299.164,44 334.443,83

    12 6.299.106,68 334.551,17

    13 6.298.932,72 334.687,24

    14 6.298.870,46 335.034,88

    15 6.299.011,13 335.046,19

    16 6.299.006,11 335.263,45

    17 6.298.363,92 335.242,83

    18 6.298.323,97 335.438,65

    Datum Sudamericano 1969 Huso 19

    Variable Definición Valor ($)

    CF Cargo fijo por cliente. 448

    CV1 Cargo variable por producción de agua

    potable en período no punta. 91,42

    CV2 Cargo variable por producción de agua

    potable en período punta. 91,42

    CV3 Cargo variable de sobreconsumo por

    producción de agua potable en

    período punta. 204,98

    CV4 Cargo variable por distribución de

    agua potable en período no punta. 115,85

    CV5 Cargo variable por distribución de

    agua potable en período punta. 115,85

    CV6 Cargo variable de sobreconsumo por

    distribución de agua potable en

    período punta. 281,01

    CV7 Cargo variable por recolección de

    aguas servidas. 113,54

    CV8 Cargo variable por disposición de aguas

    servidas 248,94

    1.2.1.2 Sector 2: Corresponde al Territorio Operacional de Aguas Santiago Poniente S.A., determinado en el Decreto N°870, del Ministerio de Obras de Públicas, de fecha 22 de septiembre de 1997, excluyendo el área del polígono identificado en el punto precedente como Sector

  15. Variable Definición Valor ($)

    CF Cargo fijo por cliente. 448

    CV1 Cargo variable por producción de

    agua potable en período no punta. 91,42

    CV2 Cargo variable por producción de agua

    potable en período punta. 91,42

    CV3 Cargo variable de sobreconsumo por

    producción de agua potable en

    período punta. 204,98

    CV4 Cargo variable por distribución de

    agua potable en período no punta. 135,02

    CV5 Cargo variable por distribución de

    agua potable en período punta. 135,02

    CV6 Cargo variable de sobreconsumo por

    distribución de agua potable en

    período punta. 327,51

    CV7 Cargo variable por recolección de

    aguas servidas. 220,05

    CV8 Cargo variable por disposición de

    aguas...

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