Fija plazos al sumario penal en delitos sexuales.
Fecha | 20 Junio 2000 |
Número de Iniciativa | 2514-07 |
Fecha de registro | 20 Junio 2000 |
Etapa | Archivado |
Materia | DELITOS SEXUALES |
Autor de la iniciativa | Bustos Huerta, Manuel, Cornejo González, Aldo, Elgueta Barrientos, Sergio, Guzmán Mena, Pía, Krauss Rusque, Enrique, Letelier Morel, Juan Pablo, Luksic Sandoval, Zarko, Seguel Molina, Rodolfo |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Moción de los diputados señores Elgueta, Bustos, Aldo Cornejo, Krauss, Luksic, Juan Pablo Letelier, Seguel, Ignacio Walker y Patricio Walker y de la diputada señora María Pía Guzmán.
Fija plazos al sumario penal en delitos sexuales. (boletín Nº 2514-07).
Los medios de comunicación dan cuenta diaria de la comisión de horrendos delitos contra la libertad sexual y la integridad de las personas, siendo los niños las víctimas más propicias para estas conductas que muestran una gran peligrosidad social.
Sin embargo, los procesos recaídos en estos delitos son extremadamente demorosos, lo que obliga a los tribunales a conceder a los procesados la libertad provisional cuando la prisión preventiva es prolongada, lo que es contrario al principio de inocencia, mientras no haya condena firme.
Es paradójico que el sumario en el caso de robos con intimidación o violencia en las personas, según el artículo 80 inciso 2º del Código de Procedimiento Penal debe cerrarse dentro de 40 días contados desde aquel en que el inculpado haya sido procesado pudiendo prorrogarse por una sola vez y por igual tiempo, mediante resolución fundada.
Si la ley contempla esta rapidez y expedición en los atentados contra la propiedad, no se divisa razón para que en los delitos de abusos sexuales no exista esta misma agilidad. Un proceso breve hará que se resuelva la inocencia o la culpabilidad de los imputados o procesados, ordenando su libertad o su condena, según sea el caso.
Es cierto que estamos próximos a la vigencia del nuevo sistema procesal-penal, pero la gradualidad de su aplicación y su subsistencia en otros campos (hechos anteriores-justicia militar) demandan, entretanto, que se limite el plazo del sumario.
Para este efecto, se propone modificar el artículo 80 inciso 2 del Código de Procedimiento Penal, mediante el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO:
Modifícase el...
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