Causa nº 5322/2012 (Apelación). Resolución nº 71473 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 30 de Agosto de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 436124338

Causa nº 5322/2012 (Apelación). Resolución nº 71473 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 30 de Agosto de 2012

JuezHector Carreno S.,Juan Escobar Z.,Sergio Munoz G.
Corte en Segunda InstanciaC.A. de Temuco
MateriaDerecho Constitucional
Número de registrocorCORTE_SUPREMA-triCORTE_SUPREMA-rec53222012-tip-fol71473
Fecha30 Agosto 2012
Número de expediente5322/2012
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)
Partesfigueroa silva omar contra prefecto de la prefectura cautin
Rol de ingreso en Cortes de Apelación684-2012

Santiago, treinta de agosto de dos mil doce.

Vistos:

Se confirma la sentencia apelada de veintiocho de junio de dos mil doce, escrita a fojas 37.

Acordada contra el voto de los Ministros senores M. y E., quienes fueron de opinion de revocar la sentencia apelada en virtud de las consideraciones queda cada uno de los disidentes expresa a continuacion.

A.V.M. senor Munoz

1DEG.- Que la resolucion que dispone la eliminacion de las filas de Carabineros de Chile, por "Conducta mala", con efectos inmediatos del recurrente Cabo 2DEG O.A.F.S., tiene como fundamento lo publicado por este en su pagina de Facebook.

2DEG.- Que el ordenamiento juridico nacional reconoce desde el Reglamento Constitucional de 26 de octubre de 1812 el derecho a la inviolabilidad de toda forma de comunicacion privada, es asi como el articulo XVI expresaba: Se respetara el derecho que los ciudadanos tienen a la seguridad de su persona, casas, efectos y papeles; y no se daran ordenes sin causas probables, sostenidas por un juramento judicial, y sin designar con claridad los lugares o cosas que se han de examinar o aprehender". Este derecho se mantiene en los distintos textos constitucionales que ha tenido nuestro pais en su historia, expresandose actualmente en el articulo 19 de la Carta Fundamental: "La Constitucion asegura a todas las personas: 5DEG La inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicacion privada. El hogar solo puede allanarse y las comunicaciones y documentos privados interceptarse, abrirse o registrarse en los casos y las formas determinados por la ley;".

Al respecto debe tenerse en consideracion que el citado articulo en el numeral 26 garantiza: "La seguridad de que los preceptos legales que por mandato de la Constitucion regulen o complementen las garantias que esta establece o que las limiten en los casos en que ella lo autoriza, no podran afectar los derechos en su esencia, ni imponer condiciones, tributos o requisitos que impidan su libre ejercicio."

Se vincula esta preceptiva con el inciso primero del articulo 1DEG de la Carta Politica, que declara que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos; dignidad que comprende el derecho a la intimidad, que en la esfera material esta radicado en el hogar y de igual modo en las comunicaciones, ambitos de privacidad de las personas y que reconoce sus origenes en la Declaracion de Derechos de Virginia de 12 de junio de 1776, que inspira la IV enmienda de la Constitucion estadounidense de 17 de...

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