Ferreira Toro Berta Eliana - 1 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 856715268

Ferreira Toro Berta Eliana

Fecha de publicación01 Febrero 2021
Número de registroCVE-1881842
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.869
CVE 1881842 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.869 | Lunes 1 de Febrero de 2021 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 1881842
MUERTE PRESUNTA
2° Juzgado Civil de Rancagua, causa Rol: V-112-2017, caratulado: Mandujano/Ferreira.
Rancagua, once de diciembre de dos mil veinte, Vistos y Teniendo Presente: Primero: Que a
fojas, don Rolando Estanislao Mandujano Díaz-Muñoz, pensionado, domiciliado en calle Osmán
Pérez Freire N°[•], Rancagua, solicita se declare la muerte presunta de su cónyuge doña Berta
Eliana Ferreira Toro, chilena, cédula de identidad N° 4.227.741-K, nacida el 22 de abril de 1931,
cuyo último domicilio conocido fue el de esta ciudad, Caletones S/N, Machalí, y se encuentra
desaparecida desde hace más de 30 años, ignorándose si vive. Fundamentando su petición señala
que contrajo matrimonio con doña Berta Eliana Ferreira Toro el día 5 de noviembre de 1969, con
quien se trasladó hasta la ciudad de Rancagua en atención a sus obligaciones laborales. Indica
que lo anterior generó dificultades entre ambos, pues doña Berta Eliana Ferreira Toro no quería
vivir en Rancagua, generando paulatinamente un deterioro en la relación, hasta que decidieron
separarse. Añade que, a la fecha, la presunta desaparecida tendría 86 años. Señala que, habiendo
pasado los años, inició una nueva relación que a la fecha supera los 40 años de duración. Agrega
que, con la finalidad de regularizar su situación civil y patrimonial, he realizado todo tipo de
gestiones tendientes a establecer el paradero de su cónyuge, todas ellas infructuosas pues lo
único que ha logrado saber es que ella pensaba en emigrar a los Estados Unidos de Norteamérica.
Segundo: Que el peticionario acompañó a su solicitud certificado extracto de filiación y
antecedentes de doña Berta Eliana Ferreira Toro, y certificado de matrimonio celebrado entre el
peticionario y doña Berta Eliana Ferreira Toro, según indica tal certificado, con fecha 5 de
noviembre de 1969. Del primer documento se desprende que la presunta desaparecida tendría a
la fecha la edad de 89 años. Tercero: Que rolan en autos los siguientes antecedentes
documentales: - A fojas 12, rola respuesta del Director Regional del Servicio Electoral de la
Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, en el cual se menciona que revisados los
datos en el Registro Electoral, no se encontraron coincidencias para doña Berta Eliana Ferreira
Toro; - A fojas 16, rola oficio emitido por el Departamento de Extranjería y Policía Internacional
de Rancagua, Policía de Investigaciones de Chile, de fecha 15 de febrero de 2019, por el cual
informan que consultado el sistema computacional institucional, doña Berta Eliana Ferreira Toro
registra anotación de viaje, salida del país con fecha 10 de diciembre del año 2000 con destino a
EE.UU., sin embargo no consta su entrada de regreso a territorio nacional; - A fojas 34, rola
oficio respuesta de Carabineros de Chile, Prefectura de Carabineros Cachapoal N° 11, por el cual
informan que efectuadas las consultas a la totalidad de las unidades y destacamentos
dependientes de su Repartición, no se encontraron antecedentes respecto a denuncias por
presunta desgracia de doña Berta Eliana Ferreira Toro; y - A fojas 42, rola oficio respuesta del
Servicio de Registro Civil e Identificación, en el cual se menciona que se realizó la búsqueda en
la base de datos de dicho Servicio, no encontrando registro de actuaciones en los últimos 10
años. A su vez, da cuenta que registra inscripción de matrimonio N° 695 del año 1969, de la
Circunscripción Portales, y que no registra hijos. Hace presente que en la Ficha Índice de la
persona consultada, consta que el último documento de identificación que solicitó fue un
pasaporte de fecha 3 de octubre de 1979, y que a la fecha, no se registra inscripción de defunción
ingresada al sistema computacional de tal Servicio. Cuarto: Que a fojas 33, el solicitante
acompañó información sumaria de doña Jimena Salfate Quinteros, cédula de identidad N°
9.182.740-9, domiciliada en calle Calderón N° 204, Población O'Higgins, Rancagua, y de doña
Frida Amelia Muñoz, cédula de identidad N° 5.483.820-4, domiciliada en calle Zaragoza N° 191,
Población Urmeneta, ambas quienes conocen al peticionario hace más de 10 años, al trabajar
junto a la pareja de dicho solicitante en trabajos y reuniones sociales. Ambas ratifican los
términos de la solicitud, y agregan que el matrimonio Mandujano Ferreira no tuvo hijos y que
duró muy poco tiempo la convivencia entre estos, toda vez que doña Berta Ferreira Toro
abandona al solicitante de autos. Indican además que el Sr. Mandujano lleva hace más de 40 años
una relación con doña Violeta Laviñanza, con quien tiene una hija en común, y que hasta el día

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