Decisión nº C674-16, de Consejo de Transparencia de 24 de Junio de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 650458021

Decisión nº C674-16, de Consejo de Transparencia de 24 de Junio de 2016

Fecha de Resolución24 de Junio de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO ROL C674-16.

Entidad pública: Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB).

Requirente: Felipe Velasco Larach.

Ingreso Consejo: 01.03.2016.

En sesión ordinaria N° 715 del Consejo Directivo, celebrada el 24 de junio de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo rol C674-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 8 de febrero de 2016, don Felipe Velasco Larach requiere a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas - en adelante también JUNAEB-, "la capacidad financiera de cada una de las empresas que postularon a la licitación 85-37-lp15, y como fue calculado cada una de estas capacidades (los cálculos utilizados para llegar a cada una de las capacidades financieras utilizadas en el modelo de optimización)".

2) RESPUESTA: La Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, mediante carta N° 324, de fecha 23 de febrero de 2016, le informa que adjuntan informe emitido por Auditor Externo, quien revisó cada uno los antecedentes presentados por los oferentes, en el que se indica la forma de cálculo de los antecedentes.

3) AMPARO: Con fecha 1° de marzo de 2016, don Felipe Velasco Larach deduce amparo a su derecho de acceso en contra de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, fundado en que la información entregada no corresponde a la solicitada, pues no responde a su solicitud, respecto a la capacidad financiera.

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporación acordó admitir a tramitación este amparo, confiriendo traslado al Sr. Secretario General de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, mediante oficio N° 2.444, de fecha 17 de marzo de 2016, quien presentó sus descargos y observaciones por medio de oficio N° 516, de fecha 5 de abril de 2016, señalando, en síntesis, lo siguiente:

a) Por medio de licitación pública ID 85-37-LP15, se efectúa un llamado para proveer el servicio de suministros de raciones alimenticias para los beneficiarios del Programa de Alimentación Escolar y de Párvulos para los años 2016, 2017, 2018 y hasta el 28 de febrero de 2019. Las bases de licitación que rigen la referida propuesta, establecieron la realización de una evaluación financiera y una evaluación económica, de las empresas participantes del proceso. La realización de dicha evaluación, fue adjudicada, mediante licitación pública ID 85-68-LE15, cuyo contrato de prestación de servicios de asesorías fue suscrito con fecha 31 de diciembre de 2015. En tanto que la evaluación económica de las empresas participantes del proceso de licitación, fue licitada a través del portal de Mercado Público con el código ID 85-72-LE15, servicios de asesorías expertas para la evaluación de la licitación ID 85-37-LP15 adjudicándose al oferente sociedad DICTUC S.A., celebrando el contrato de prestación de servicios con fecha 4 de enero de 2016.

b) Ante este requerimiento, no...

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