Decisión nº C847-14, de Consejo de Transparencia de 8 de Octubre de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544590702

Decisión nº C847-14, de Consejo de Transparencia de 8 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C847-14

Entidad pública: Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana y Superintendencia de Medio Ambiente

Requirente: Felipe Egaña Bacarreza

Ingreso Consejo: 05.05.2014

En sesión ordinaria N° 560 del Consejo Directivo, celebrada el 8 de octubre de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C847-14.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 2 de abril de 2014, don Felipe Egaña Bacarreza solicitó a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana (SEREMI) y a la Superintendencia de Medio Ambiente (SUPERINTENDENCIA), la siguiente información:

A la SEREMI:

a) "Identificación de los generadores que ingresan sus Residuos Peligrosos a la planta de Hidronor en la Región Metropolitana;

b) Toneladas totales por año por cada generador de residuos peligrosos que ingresa sus residuos a la planta de Hidronor en la Región Metropolitana;

c) Descripción de los residuos peligrosos por cada generador que ingresa sus residuos a la planta de Hidronor en la región metropolitana de acuerdo a lo siguiente:

i. "Listas I, II, III": Corresponden a las Listas I (Categorías de residuos consistentes o resultantes de los siguientes procesos), II (Categorías de residuos que tengan como constituyentes) y III (Categorías de otros residuos) del artículo 81 del Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos (D.S. N° 148/2004). Dichos Listados establecen que los residuos incluidos en dichos listados de categorías se consideraran peligrosos a menos que su Generador pueda demostrar ante la autoridad sanitaria que no presentan ninguna característica de peligrosidad" " (Ref.: Manual del usuario -Sidrep -Ministerio de Salud)"

ii. Lista A: Corresponde a la Lista A "Residuos Peligrosos" del artículo 90 del Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Dicha Lista A, incluye los listados de residuos para la aplicación del artículo 19 del Reglamento, que establece que dichos residuos se consideraran igualmente peligrosos; no obstante el Generador podrá demostrar ante la Autoridad Sanitaria que ellos no son peligrosos (Ref: Manual del Usuario -Sidrep-Ministerio de Salud).

iii. Características de Peligrosidad: Corresponden a las características de peligrosidad establecidas en el artículo 11 del Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos (O.S. N° 148) Y detalladas en los artículos 12 al 17 del mismo. Dichas características son: Toxicidad Aguda, Toxicidad Crónica, Toxicidad...

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