Falta de red de apoyo y protección: las deficiencias que propician retractación de las víctimas - 4 de Octubre de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 741329133

Falta de red de apoyo y protección: las deficiencias que propician retractación de las víctimas

La posibilidad de retractación es alta en los casos de violencia intrafamiliar (VIF). Esa es la percepción del Ministerio Público y coinciden algunos operadores del sistema de justicia de familia y penal, quienes enumeran distintos elementos que pueden incidir en que una víctima se desista de seguir adelante con el proceso, tras denunciar."Una de cada dos mujeres, en general, se desiste o retracta", afirmó el director de la Unidad Especializada de Violencia de Género de la Fiscalía Nacional, Luis Torres, a "El Mercurio".Falta de protección y una red de apoyo adecuada, un bajo número de casas de acogida o una tramitación -en ocasiones- excesivamente larga, se encuentran entre las deficiencias del sistema que se mencionan.No se impide contacto con el agresor"Las medidas de protección son claves y muchas veces estas pueden ser insuficientes y no impiden el contacto con el agresor", explica María Elena Santibáñez, penalista y quien participa de la Clínica Jurídica de la U. Católica. También, dice, puede potenciar la retractación "una toma de denuncia incompleta por personas que no están capacitadas y que no dan una pronta solución a la víctima".A todo ello se suma, apunta Santibáñez, los "procesos muy largos". Y, en la justicia de familia, la percepción no es muy diversa sobre este punto."Como el sistema está colapsado, (las víctimas) presentan la denuncia, pero la citan en un tiempo no inmediato", comenta la abogada Marianela Villarroel, quien litiga en este ámbito. Sin perjuicio de ello, destaca que "una de las cosas que más falta en Chile son casas de acogida, una red de apoyo (...) más psicólogos y que las víctimas puedan acceder a una terapia que les permita empoderarse".La ley define la violencia intrafamiliar como "todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente".Impacto psicológicoPara el abogado...

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