Fallo del Tribunal Constitucional - 23 de Diciembre de 2015 - El Mercurio - Noticias - VLEX 590313022

Fallo del Tribunal Constitucional

El mismo día en que se conoció el fallo del Tribunal Constitucional que declaró la inconstitucionalidad de la glosa presupuestaria por la cual se pretendía introducir la gratuidad para los alumnos más vulnerables de algunas instituciones de educación superior, el Gobierno ingresó un proyecto de ley a la Cámara modificando la Ley de Presupuestos 2016.

Los diputados recurrentes ante el TC -que también cuestionaron, pero sin éxito, el uso de la Ley de Presupuestos para legislar sobre esta materia- sostuvieron que la glosa establecía una discriminación arbitraria como resultado de los requisitos exigidos a las instituciones de educación superior elegibles. El tribunal analizó si estas exigencias eran razonables, atendido el objetivo de la glosa: asegurar un derecho a la gratuidad de la educación de los jóvenes pertenecientes a los cinco primeros deciles de ingreso. Y por mayoría concluyó que no lo eran y que, por tanto, ponían en entredicho la posibilidad de concretar el derecho.

Así, lo que objeta el fallo del TC "es que a dichos estudiantes vulnerables se les imponga para el goce de la gratuidad, consagrada en la Ley de Presupuestos, condiciones ajenas a su situación personal o académica, como es el hecho de encontrarse matriculados en determinadas universidades, centros de formación técnica o institutos profesionales, estableciendo una eventual exclusión respecto de aquellos". Asimismo, establece que la exigencia de cuatro años de acreditación es un elemento objetivo para determinar la calidad de las universidades. Por tanto, este criterio, si bien deja alumnos vulnerables fuera del derecho a la gratuidad, es compatible con el deseo de asegurar que los estudiantes reciban una educación de calidad. Pero si este es un objetivo, argumenta el TC, no es entendible que no se les exija, como sucedía en la Ley de Presupuestos, a todas las instituciones por igual. En efecto, hay que recordar que tres universidades estatales tienen solo tres años de acreditación.

Por último, el fallo de mayoría del Tribunal también recalca que la obligación de algún grado de participación estudiantil limita la extensión del derecho sin que implique un resguardo razonable de la calidad. En suma, la conclusión del TC es que los criterios diferenciadores definidos por la glosa les impiden a muchos estudiantes ejercer el derecho ofrecido por el Gobierno, sin que estos sean...

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