Fallo establece que centros de diálisis son empresas estratégicas y no tienen derecho a huelga - 24 de Noviembre de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 915257881

Fallo establece que centros de diálisis son empresas estratégicas y no tienen derecho a huelga

"No cabe sino desestimar el argumento de que el servicio que brindan (...) no pueda calificarse de utilidad pública, más aún si este se relaciona con un problema de salud cuya atención aparece garantizada en forma expresa por la Ley N° 19.966, a lo que se adiciona el catálogo de garantías descrito en el artículo 4 de dicha normativa", señala el fallo unánime de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la resolución exenta ministerial que las declaró como empresas estratégicas.Al ser definidas como tales, se establece, además, que no tienen derecho a huelga, afectación que, plantea la sentencia, "encuentra justificación en la necesidad de compatibilizar su ejercicio con otros derechos fundamentales".Y precisa que aquello ocurre en este caso, porque "se busca el recaudo y cautela de un servicio de utilidad pública para los pacientes que requieren de diálisis y que sufren un problema de salud para el cual el Estado ha garantizado su atención".Respecto de la ponderación de derechos fundamentales, la resolución indica que "lo primero que debe considerarse es que la propia Carta Política en el numeral 16 del artículo 19 establece que determinadas empresas, entre ellas las que atiendan servicios de utilidad pública, no pueden declarar la huelga, con lo que es inconcuso que el derecho a huelga que consagra el legislador laboral no es absoluto y su limitación está concebida precisamente a nivel constitucional".La Duodécima Sala del tribunal de alzada capitalino -integrada por los ministros Hernán Crisosto, Mireya López y Lidia Poza- añade que "tampoco puede considerarse un atentado a normas instauradas por la OIT -en materia internacional-, pues la limitación al derecho a huelga también es reconocida por dicha organización".Por ello, dicen, "el control de legalidad de su restricción debe hacerse para el caso concreto y conforme a la ley interna, como aquí ha sucedido".La corte también recuerda que en años anteriores se han incorporado en el listado de empresas estratégicas a otros centros de diálisis.En consecuencia, rechazó la reclamación presentada por tres de estas entidades (Centro Médico Diálisis Diaseal S.A., Diálisis Norte S.A. y...

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