Fallo de enorme trascendencia - 8 de Noviembre de 2014 - El Mercurio - Noticias - VLEX 542859030

Fallo de enorme trascendencia

Las numerosas reacciones sobre el fallo de la Corte Suprema en el recurso de protección interpuesto por un grupo de apoderados de alumnos del Instituto Nacional confirman su trascendencia para el funcionamiento del sistema escolar. Los apoderados sostuvieron que a sus hijos se les debía asegurar sus derechos constitucionales en cuanto a libertad de enseñanza, integridad psíquica y derecho a la educación, todos atropellados por una toma de dicho plantel, prolongada por más de un mes y medio.

Algunos elementos de la sentencia son inequívocos en cuanto a que "la toma de una escuela es, por definición, un acto de fuerza que no constituye un medio legítimo de emitir opinión ni forma parte del contenido del derecho a manifestarse. Es un comportamiento antijurídico que no respeta los derechos de los demás, aun cuando su materialización hubiere sido promovida por una mayoría de los estudiantes. (...) La plausibilidad de los motivos que se invoquen para explicar o justificar el apoderamiento de un establecimiento educacional no puede tornar en lícitas las vías de hecho a las que se acude con tal propósito. No se debe confundir la licitud de la protesta social (...) con el empleo de mecanismos que se caracterizan por el uso de la fuerza y, que en este caso, vulneran el derecho de los estudiantes a recibir educación, y el de sus padres, de que ésta les sea impartida a sus hijos".

Los derechos impetrados por los padres y los estudiantes quedan, así, indubitablemente reconocidos, y eso debería resultar no solo tranquilizador para los afectados por este caso, sino también por la jurisprudencia que sienta. Sin embargo, resulta inevitable advertir que subsisten interrogantes que no necesariamente encuentran una respuesta tan categórica en este mismo fallo. Los alumnos de liceos municipales requieren tener la seguridad de que su educación no se va a interrumpir por la voluntad arbitraria de ningún grupo minoritario, erigido en facción a menudo extremista, que suele actuar en connivencia o se identifica con instancias políticas también extremas. Y cuando así ocurra -como viene sucediendo tantas veces desde 2006-, es preciso que exista un camino claro conducente a una solución que realmente garantice los derechos que la Constitución prevé y que este fallo ratifica.

¿Señala esta sentencia, en efecto, un canal o un procedimiento indiscutibles para restablecer el imperio del derecho cada vez que sea vulnerado? La duda queda abierta, porque un considerando del...

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