Fallo decepcionante - 25 de Septiembre de 2015 - El Mercurio - Noticias - VLEX 583178558

Fallo decepcionante

Rechazo y decepción provoca la Corte de La Haya. Su sentencia -pronunciada ayer- extiende, abusivamente, su competencia a una demanda manifiestamente en contravención a lo dispuesto en el Tratado de Paz de 1904 suscrito entre Chile y Bolivia, infringiendo además una disposición expresa del Tratado Americano de Soluciones Pacíficas, conocido como Pacto de Bogotá, de 1948, que la priva de jurisdicción.

La Corte debió haber puesto fin a esta controversia acogiendo la excepción presentada por Chile de incompetencia para conocer la demanda boliviana. En cambio, ha optado por prolongarla, arrogándose competencia sobre un asunto que las partes habían resuelto. Desde luego por el Tratado de 1904 en que fijaron sus fronteras soberanas, otorgando además a Bolivia compensaciones y el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por territorio y puertos chilenos del Pacífico.

Bajo el equivocado razonamiento de que el objeto de la demanda boliviana es juzgar sobre una supuesta obligación de negociar, la Corte ignora, consciente y doblemente, que el verdadero propósito de Bolivia es el desconocimiento de lo acordado por las partes en 1904 y lo dispuesto por el Pacto de Bogotá, de 1948, en cuanto a abstenerse de conocer los acuerdos sobre materias anteriores a esa última fecha. A este respecto la Corte fue en contra de su propia jurisprudencia, que señalaba que le corresponde determinar el verdadero objeto y propósito de la demanda, tomando en cuenta no solo el de la petición de la misma, sino que la solicitud en su conjunto, sus argumentos y otros documentos referentes a ella.

Improcedentes son también las afirmaciones inexactas y descontextualizadas de la Corte sobre hechos históricos que han dividido a las partes comparecientes.

La desacertada y cambiante decisión y el errado proceder de los jueces de La Haya crean desconfianza en ese Tribunal y justifican revisar nuestra permanencia en el Pacto de Bogotá, que nos impone la obligación de solucionar las controversias con otros Estados a través de esa Corte. Queda a las autoridades resolver sobre la conveniencia y necesidad de este imperativo.

La Presidenta Bachelet, con amplio apoyo nacional y consultando al ancho espectro de referentes y a distinguidos juristas, hizo bien en plantear el ejercicio de la excepción preliminar de incompetencia. Más allá de no haber renunciado a un derecho procesal y con la sólida defensa del equipo jurídico, logró que la Corte declarara que, aun en el evento de que...

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