Decreto núm. 192, publicado el 08 de Octubre de 1999. APRUEBA ACTOS Y CONTRATOS PARA SUSCRIBIR EL APORTE DE CODELCO CHILE -POR AUMENTO DE CAPITAL- A LA SOCIEDAD AGUA DE LA FALDA S.A. PROSPECTO COPIAPINA-POLVORIN (SAN ANTONIO ORO), PARTE DE PROSPECTO FRANJA AURIFERA (CERRO COYA, PEDERNALES Y OTROS). CODELCO-CHILE - DIVISION SALVADOR III REGION DE ATACAMA - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471011390

Decreto núm. 192, publicado el 08 de Octubre de 1999. APRUEBA ACTOS Y CONTRATOS PARA SUSCRIBIR EL APORTE DE CODELCO CHILE -POR AUMENTO DE CAPITAL- A LA SOCIEDAD AGUA DE LA FALDA S.A. PROSPECTO COPIAPINA-POLVORIN (SAN ANTONIO ORO), PARTE DE PROSPECTO FRANJA AURIFERA (CERRO COYA, PEDERNALES Y OTROS). CODELCO-CHILE - DIVISION SALVADOR III REGION DE ATACAMA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ACTOS Y CONTRATOS PARA SUSCRIBIR EL APORTE DE CODELCO CHILE -POR AUMENTO DE CAPITAL- A LA SOCIEDAD AGUA DE LA FALDA S.A. PROSPECTO COPIAPINA-POLVORIN (SAN ANTONIO ORO), PARTE DE PROSPECTO FRANJA AURIFERA (CERRO COYA, PEDERNALES Y OTROS). CODELCO-CHILE - DIVISION SALVADOR III REGION DE ATACAMA

Santiago, 3 de agosto de 1999.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 192.- Visto: Lo dispuesto por la Ley Nº19.137 y su reglamento, el Decreto Supremo Nº96 de 1992, del Ministerio de Minería; el Estatuto Especial contenido en el artículo 3º Transitorio, de la Constitución Política de La República de Chile; el Decreto Ley 1.350 de 1976; los Decretos Supremos Nº243/93 y Nº114/96, ambos de Minería; lo solicitado por la Corporación Nacional del Cobre de Chile, en oficio NºPE-99/251 de fecha 2 de junio de 1999; el Acuerdo Fundado del Directorio de la Corporación Nacional del Cobre de Chile Nº08/99 de fecha 27 de abril de 1999; La Resolución Nº520 de 1996 de la Contraloría General de la República y sus modificaciones posteriores; el Nº8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile, y

Considerando:

  1. - Que la Corporación Nacional del Cobre de Chile, en adelante Codelco-Chile, por oficio N°PE-99/251 de fecha 2 de junio de 1999, ha informado a esta Secretaría de Estado que, en Sesión Ordinaria de fecha 27 de abril de 1999, el Directorio de esa Corporación adoptó el Acuerdo Fundado Nº08/99 - por la unanimidad de los miembros presentes, con el quórum legal correspondiente y con los votos favorables de los Ministros de Minería y Hacienda- mediante el cual se establecieron los términos, condiciones y modalidades de los actos y contratos que Codelco-Chile deberá suscribir para enterar y pagar -en la proporción que, como socio, le corresponde- el aporte por concepto de aumento de capital a la sociedad Agua de la Falda S.A. (Anexo 1 y 2)

  2. - Que las concesiones mineras de propiedad de Codelco-Chile -que en virtud de este decreto se autorizan a aportar a la Sociedad Minera Agua de la Falda S.A.- amparan parcialmente el Prospecto Minero Franja Aurífera y, el Prospecto Minero denominado San Antonio, el que, posteriormente, en virtud de su contenido metálico, fue dividido en dos áreas, las que se denominaron "San Antonio Cobre" y "San Antonio Oro".

  3. - Que por su parte, el área "San Antonio Cobre" agrupa las pertenencias que amparan el Yacimiento de la antigua mina de Potrerillos (Mina Vieja) y, los cuerpos mineralizados de Pórfido Norte y de Pórfido González, las que no son objeto del citado aporte, por parte de Codelco-Chile, a la Sociedad Agua de La Falda S.A., ya que permanecen bajo el dominio de Codelco-Chile.

  4. - Que en consecuencia, sólo es objeto del presente decreto, el área ubicada entre la Mina Vieja de Potrerillos y los rajos de la Mina el Hueso denominada "San Antonio Oro", que comprende el Prospecto Copiapina-Polvorín y otras áreas de interés prospectivo. Las concesiones mineras que cubren esta área San Antonio Oro, son parte de las pertenencias Hundimiento 1 al 813 y Ruth 1 al 538, que originalmente conformaron parte del Prospecto Franja Aurífera;

  5. - Que en sede a lo establecido en Acuerdo Nº36/96, de 25/11/96 sobre Política de Exploraciones y Asociaciones con Terceros, el Directorio de Codelco-Chile, por Acuerdo 18/98, de fecha 1/10/98, autorizó al Presidente Ejecutivo de dicha Corporación, para iniciar negociaciones directas con Minera Homestake Chile S.A., en relación al Prospecto Copiapina-Polvorín (San Antonio Oro), con el objeto de constituir una sociedad o asociación o, aportar a sociedades ya constituidas entre Codelco-Chile y Minera Homestake Chile S.A., destinada a la exploración y explotación de las concesiones mineras que amparan el citado Prospecto, en atención, tanto a la experiencia que Minera Homestake Chile S.A. tiene en la exploración y explotación en áreas aledañas, como a la continuidad geológica observada en el área. (Anexo 2)

  6. - Que las concesiones mineras, que se singularizan en la artículo 1° de este instrumento, de propiedad de Codelco-Chile, se encuentran en una zona aledaña a las concesiones que actualmente explora y explota la citada Sociedad Agua de la Falda S.A., de la cual Codelco-Chile y Minera Homestake Chile S.A., son únicos socios, por lo que en dicha virtud, se estimó imprescindible y, de toda conveniencia para los intereses de la Corporación, aportar las concesiones a la citada Sociedad Agua de la Falda S.A. ya constituida, en lugar de proceder a constituir una nueva sociedad o asociación con otra empresa.

  7. - Que para los efectos expuestos en los considerandos precedentes, Codelco-Chile y Minera Homestake Chile S.A., en su calidad de únicos socios de Agua de la Falda S.A., han acordado aumentar el capital social, que a la fecha asciende a US$25.000.000.-, en US$14.800.000.- el que con este aumento, quedará fijado a la suma total de US$39.800.000.-, según será acordado en la Junta Extraordinaria de dicha sociedad. Para estos efectos, cada socio efectuará su aporte en la proporción y monto correspondiente a su participación: Codelco-Chile (49%) y...

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