EYR INVESTMENTS SpA - 6 de Abril de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 873606629

EYR INVESTMENTS SpA

Fecha de publicación06 Abril 2021
Número de registroCVE-1922049
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.922
CVE 1922049 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.922 | Martes 6 de Abril de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1922049
EXTRACTO
Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario, Publico, Titular de la Octava Notaria de
Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifica
que, por escritura pública del 26 de Marzo de 2021, Repertorio N°6102/2021, otorgada ante mí,
don VÍCTOR LUIS ECHEGARAY PONCE, chileno, contador auditor, casado, cédula nacional
de identidad número 11.896.143-9; doña MARIA ISABEL RIVERA PALMA, chilena, contador
auditor, casada bajo el régimen de sociedad conyugal, y actuando conforme a los bienes de su
patrimonio reservado del artículo ciento cincuenta del Código Civil, según se acreditará, cédula
nacional de identidad número 9.966.782-6; don VÍCTOR ANDRÉS ECHEGARAY RIVERA,
chileno, estudiante, soltero, cédula nacional de identidad número 19.793.075-6; don VICENTE
IGNACIO ECHEGARAY RIVERA, chileno, estudiante, soltero, cédula nacional de identidad
número 20.383.393-8; y doña VALENTINA ISABEL ECHEGARAY RIVERA, chilena,
estudiante, soltera, cédula nacional de identidad número 21.159.169-2; todos domiciliados para
estos efectos en calle Las Tranqueras número 2500, departamento 22, Comuna de Vitacura,
Santiago, constituyeron una sociedad por acciones que se regirá por el estatuto social y por el
Párrafo octavo del Título VII del Libro II y, supletoriamente, en silencio del estatuto social y de
las disposiciones legales que regulan las sociedades por acciones, la sociedad se regirá por las
normas que la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas y su reglamento a) Nombre: EYR
INVESTMENTS SpA, pudiendo utilizar indistintamente también el nombre de “EYR SpA”; b)
Objeto: La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la inversión y obtención de rentas en
dólares de los Estados Unidos de América, en especial de aquellas rentas a que se refiere el
artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses
o de cualquier producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de
cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La Sociedad podrá
obtener rentas de la realización de toda clase de inversiones tanto en Chile como en el exterior,
siempre y cuando se realicen en dólares de los Estados Unidos de América, sea en bienes
muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo
de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo
derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones, y percibir todos
los frutos provenientes de éstas; invertir en bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de
fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados
del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas
extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta
vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública; y en general, todo otro acto, contrato o
inversión que los accionistas acuerden realizar en el extranjero o en Chile, siempre y cuando se
realice en dólares de los Estados Unidos de América y se obtengan rentas en la misma moneda.
La Sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia inversiones locales en pesos chilenos
ni otro tipo de actividades distintas de las señaladas en este artículo; c) Domicilio: La ciudad de
Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual la Sociedad podrá establecer sucursales,
agencias, representaciones o delegaciones, tanto en otros lugares del país como en el extranjero;
d) Duración: Será indefinida; e) Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de
$7.200.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor,
sin valor nominal ni privilegios, íntegramente suscrito y pagado según escritura que da
constancia, de la siguiente forma: (i) Víctor Luis Echegaray Ponce, suscribe 200 acciones que
entera y paga con la suma de 2.000 dólares de los Estados Unidos de América, en dinero
efectivo, de conformidad al tipo de cambio a la fecha del presente instrumento, equivalentes a un
$1.440.000; (ii) Maria Isabel Rivera Palma , suscribe 200 acciones que entera y paga con la suma
de 2.000 dólares de los Estados Unidos de América, en dinero efectivo, de conformidad al tipo
de cambio a la fecha del presente instrumento, equivalentes a un $1.440.000; (iii) Víctor Andres
Echegaray Rivera , suscribe 200 acciones que entera y paga con la suma de 2.000 dólares de los

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