Extraño e inverosímil golpe de Estado - 16 de Mayo de 2016 - El Mercurio - Noticias - VLEX 638355493

Extraño e inverosímil golpe de Estado

Su finalidad es humanitaria.

Uno de los instrumentos adicionales que ha concebido el DIH lo constituyen los llamados Acuerdos Especiales -AE-. La idea es promover entre las partes combatientes la adopción y la extensión de las normas humanitarias. Son, en principio, herramientas para regular una guerra que, se supone, continúa. Dice el artículo 3 común: "Además, las partes en conflicto harán lo posible por poner en vigor, mediante acuerdos especiales, la totalidad o parte de las otras disposiciones del presente Convenio".

Por tal razón , cuando surgió la discusión sobre la posibilidad de darle categoría de AE al Acuerdo Final que se logre firmar en La Habana, hubo una cierta resistencia. Un Acuerdo Final es el fin de la guerra; en consecuencia, parecía demasiado audaz afirmar que las normas que regulan la guerra correspondan a un pacto para terminarla.

No obstante, varios juristas presentaron un argumento que resultó convincente: si los Acuerdos Especiales buscan aminorar los estragos de la guerra, ¿qué mejor herramienta que darla por terminada? ¿No es el fin del conflicto la mejor protección para todos?

Se abrió pues una puerta. Muchos juristas se sumaron a esa idea. El propio Comité Internacional de la Cruz Roja, autoridad mundial en la materia, señaló que, como mínimo, los acuerdos logrados en La Habana y los que se discuten sobre el fin del conflicto contienen elementos que, de manera indiscutible, corresponden de manera genuina a normas de Derecho Internacional Humanitario.

Colocados ya en esta nueva perspectiva surgió una disyuntiva adicional. ¿Cómo vincular un Acuerdo Especial al régimen interno colombiano? Hubo quienes afirmaron que esa incorporación era automática. Que no solo no se necesitaba, sino que era contrario a la doctrina proclamar la necesidad de exigir requisitos en el derecho interno.

El Gobierno siempre sostuvo que era indispensable aplicar los procedimientos internos vigentes. Esto es, en el terreno constitucional había que acudir al constituyente, el Congreso...

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