Extracto de resolución exenta número 1.541, de 2022.- Aprueba Anteproyecto de norma de emisión de radiación electromagnética asociada a equipos y redes de transmisión de servicios de telecomunicaciones - 30 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 917025412

Extracto de resolución exenta número 1.541, de 2022.- Aprueba Anteproyecto de norma de emisión de radiación electromagnética asociada a equipos y redes de transmisión de servicios de telecomunicaciones

Fecha de publicación30 Diciembre 2022
Número de registroCVE-2244493
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Número de Gaceta43.439
CVE 2244493 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.439 | Viernes 30 de Diciembre de 2022 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2244493
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
EXTRACTO ANTEPROYECTO DE NORMA DE EMISIÓN DE RADIACIÓN
ELECTROMAGNÉTICA ASOCIADA A EQUIPOS Y REDES DE TRANSMISIÓN DE
SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
Por resolución exenta N° 1.541, de 15 de diciembre de 2022, del Ministerio del Medio
Ambiente, se aprobó el Anteproyecto mencionado y se ordenó someterlo a consulta pública por
el plazo de 60 días hábiles contados desde la publicación del presente extracto en un diario de
circulación nacional.
Considerando:
Que, la radiación electromagnética es un fenómeno cotidiano, que nos rodea y al que
estamos expuestos, pudiendo ser de origen natural o antrópico, en cuyo caso puede ser
controlada desde su fuente emisora. Esta radiación, posee longitud de onda y frecuencia,
características que permiten clasificar la radiación en ionizante y no ionizante, siendo esta última
el ámbito de la presente regulación.
Que, debido a la creciente demanda de comunicación inalámbrica, ha aumentado la cantidad
de antenas o "estaciones base" para brindar servicio telefónico y conexión a internet de alta
velocidad. Este aumento ha generado a su vez una potencial mayor exposición de las personas a
la radiación electromagnética.
Que, esta creciente exposición a campos electromagnéticos ha generado preocupación por
los efectos que puedan tener en la salud de las personas. Por esto, diversos organismos
internacionales han desarrollado investigaciones y propuesto recomendaciones para evitar
riesgos de la exposición a radiofrecuencia, dentro de los cuales se encuentra la Comisión
Internacional de Protección Contra las Radiaciones No Ionizantes ("ICNIRP", por sus siglas en
inglés).
Que, a su vez, la Organización Mundial de la Salud ("OMS") ha estudiado la problemática
concluyendo, vía investigaciones sobre los efectos biológicos, que, a niveles inferiores a los
límites recomendados por organismos internacionales, como la ICNIRP, no se produciría un
efecto perjudicial para la salud.
Que, a pesar de que existe consenso en cuanto a las recomendaciones para evitar efectos
sobre la salud de las personas, aún persisten lagunas de conocimiento al respecto, las que se
deberán abordar con mayor investigación, particularmente en exposición prolongada a radiación
electromagnética de baja intensidad.
Que, en nuestro país el año 2000 la Subsecretaría de Telecomunicaciones ("Subtel")
estableció una regulación en línea con las recomendaciones de la OMS e ICNIRP. La resolución
exenta N° 5 05, del 5 de mayo de 2000, Subtel fijó la "Norma Técnica sobre Requisitos de
Seguridad Aplicables a las Instalaciones de Servicios de Telecomunicaciones que generan Ondas
Electromagnéticas".
Que, posteriormente, la Subtel en coordinación con el Ministerio de Salud, dictaron la
resolución exenta N° 403, de 2008, Subtel, la cual redujo el límite máximo general de densidad
de potencia a 100 µW/cm2 y de 10 µW/cm2 para zonas sensibles, tales como hospitales,
colegios, jardines infantiles, entre otros.
Que, en nuestro país, el 11 de junio de 2012, se publicó la Ley N° 20.599, que "Regula la
instalación de antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones" que modificó
la Ley N° 18.168 General de Telecomunicaciones, e impuso la obligación para el Ministerio del
Medio Ambiente de dictar una norma de calidad ambiental o de emisión relativa a las ondas
electromagnéticas generadas por los equipos y redes para la transmisión de servicios de
telecomunicaciones.
Que, para tales efectos, la ley N° 18.168 incorpora una serie de indicaciones acerca de la
norma que debe dictar el Ministerio del Medio Ambiente, las que incluyen lo siguiente:

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