Extracto de resolución exenta número 202202001163, de 2022.- Resuelve dar cumplimiento a lo ordenado por la Excelentísima Corte Suprema - 1 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 908210144

Extracto de resolución exenta número 202202001163, de 2022.- Resuelve dar cumplimiento a lo ordenado por la Excelentísima Corte Suprema

Fecha de publicación01 Agosto 2022
Número de registroCVE-2164191
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Número de Gaceta43.316
CVE 2164191 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.316 | Lunes 1 de Agosto de 2022 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 2164191
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Servicio de Evaluación Ambiental / Región de Antofagasta
PUBLICA RESOLUCIÓN QUE SE INDICA
(Extracto)
Se informa a la ciudadanía que, mediante resolución exenta Nº 202202001163, de fecha 18
de julio de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, resolvió dar
cumplimiento a lo ordenado por la Excma. Corte Suprema en sentencia de fecha 19 de abril de
2022, causa Rol Nº 71.628-2021, en relación con la resolución exenta Nº 290/07, de la Comisión
Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, que calificó ambientalmente
favorable el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto "Central Termoeléctrica
Angamos", cuyo titular es Empresa Eléctrica Angamos SpA, incorporando al proceso de
revisión: (i) la variación en el ambiente terrestre por el cambio normativo en el componente
atmósfera; (ii) la variación en el ambiente marino por modificación del componente calidad de
agua de mar con respecto a la variación en el pH y la temperatura del agua; (iii) la variación en el
ambiente marino por modificación del componente comunidades submareales, en relación a la
composición, abundancia, biomasa y disponibilidad de la macrofauna bentónica, y (iv) la
variación sustantiva en el componente sedimentos submareales, vinculado a su composición
granulométrica y la profundidad del fondo marino.
De conformidad con los artículos 25 quinquies de la ley Nº 19.300 y 39 de la ley Nº 19.880,
la ciudadanía podrá examinar el expediente del procedimiento, el que se encuentra disponible
para su consulta en la plataforma virtual del Servicio de Evaluación Ambiental www.sea.gob.cl.
Asimismo, podrá formular observaciones, para lo cual se dispondrá de un plazo de 10 días
hábiles administrativos, contados desde la fecha de la presente publicación. Cabe hacer presente
que, ante la contingencia sanitaria que atraviesa el país, dado el brote de coronavirus, se han
adoptado medidas a objeto de permitir el desarrollo de procedimientos administrativos y la
atención de usuarios por medios electrónicos, por lo que, las observaciones podrán ser enviadas a
la oficina de partes virtual del Servicio de Evaluación Ambiental, en el link
https://www.sea.gob.cl/oficina-de-partes-virtual, indicando el nombre del proyecto,
individualización y domicilio de la persona que la realiza.
El texto de la resolución exenta antes individualizada puede ser conocido en el sitio web
www.sea.gob.cl.- Ramón Guajardo Perines, Director Regional, Servicio de Evaluación
Ambiental Región de Antofagasta.

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