Extracto de resolución exenta número 547, de 2022.- Establece nómina de especies objetivo, de fauna acompañante y de pesca incidental sometidas a los artículos 7º A, 7º B y 7º C de la Ley General de Pesca y Acuicultura para pesquería de Merluza de tres aletas, año 2022 - 8 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 898397103

Extracto de resolución exenta número 547, de 2022.- Establece nómina de especies objetivo, de fauna acompañante y de pesca incidental sometidas a los artículos 7º A, 7º B y 7º C de la Ley General de Pesca y Acuicultura para pesquería de Merluza de tres aletas, año 2022

Fecha de publicación08 Marzo 2022
Número de registroCVE-2096046
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Número de Gaceta43.197
CVE 2096046 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.197 | Martes 8 de Marzo de 2022 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 2096046
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
ESTABLECE NÓMINA DE ESPECIES OBJETIVO, DE FAUNA ACOMPAÑANTE Y
DE PESCA INCIDENTAL SOMETIDAS A LOS ARTÍCULOS 7º A, 7º B Y 7º C DE LA
LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA PARA PESQUERÍA DE MERLUZA DE
TRES ALETAS, AÑO 2022
(Extracto)
Por resolución exenta Nº 547, de 3 de marzo de 2022, de esta Subsecretaría, establécese la
nómina de especies objetivo, de fauna acompañante y de pesca incidental para la pesquería
industrial de Merluza de tres aletas, en el área marítima comprendida entre los paralelos 41º 28,6'
L.S. al 57º 00' L.S., que se encuentran sometidas a un Plan de Reducción del Descarte y de la
Captura de Pesca Incidental autorizado mediante resolución exenta Nº 4.480, de 2017, de
conformidad con los artículos 7º A.-, 7º B.- y 7º C.- de la Ley General de Pesca y Acuicultura,
año 2022.
Para los efectos antes señalados la nómina se divide en cuatro categorías de especies:
especie objetivo (Tabla 1); especies de fauna acompañante sometidas a cuota global anual de
captura (CGA), Licencia Transable de Pesca (LTP), Permisos Extraordinarios de Pesca (PEP),
cuota fuera de la unidad de pesquería (FUP), o al Plan de Acción Nacional para la Conservación
de Tiburones (PANT) y la Res. Ex. Nº 2.063 de 2020 que estableció los protocolos de
devolución de condrictios, según corresponda (Tabla 2); especies de fauna acompañante no
administradas bajo cuotas globales anuales de captura o sometidas al Plan de Acción Nacional
para la Conservación de Tiburones (PANT) y la Res. Ex. Nº 2.063 de 2020 que estableció los
protocolos de devolución de condrictios, según corresponda (Tabla 3) y especies de pesca
incidental (Tabla 4), distinguiendo en cada tabla las especies que tienen prohibición de descarte,
especies cuyo descarte está autorizado y especies cuya devolución es obligatoria, según se detalla
en la resolución extractada.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico
de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 3 de marzo de 2022.- Mónica Orellana Valdés, Subsecretaria de Pesca y
Acuicultura (S).

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