Extracto de resolución exenta número 862, de 2021.- Regula maniobra de traspaso de excedente del lance en el marco de la implementación de los planes de reducción del descarte en pesquerías pelágicas de cerco nacionales - 31 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 865905154

Extracto de resolución exenta número 862, de 2021.- Regula maniobra de traspaso de excedente del lance en el marco de la implementación de los planes de reducción del descarte en pesquerías pelágicas de cerco nacionales

Fecha de publicación31 Marzo 2021
Número de registroCVE-1919628
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Número de Gaceta42.919
CVE 1919628 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.919 | Miércoles 31 de Marzo de 2021 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 1919628
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
REGULA MANIOBRA DE TRASPASO DE EXCEDENTE DEL LANCE EN EL MARCO
DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS PLANES DE REDUCCIÓN DEL DESCARTE EN
PESQUERÍAS PELÁGICAS DE CERCO NACIONALES
(Extracto)
Por resolución exenta N° 862, de 25 de marzo de 2021, de esta Subsecretaría, la presente
resolución tiene por finalidad regular los requisitos y condiciones de aplicación de la maniobra
denominada "Traspaso de Excedentes del Lance" (TEL), contenida en los Planes de Reducción
del Descarte y de la Captura de Pesca Incidental de las pesquerías pelágicas de cerco nacionales,
aprobados por resoluciones de esta Subsecretaría, conforme lo dispuesto en el artículo 7°A de la
Ley General de Pesca y Acuicultura.
Esta regulación tiene como único objetivo evitar el descarte de los excedentes de captura de
un lance de pesca que se mantienen en la red y que no pueden ser llevados a bordo por haberse
completado la máxima capacidad de bodega de una nave o embarcación y en ningún caso
pretende propiciar la operación de una flota transportadora de pescado.
En consecuencia, las disposiciones de esta resolución sólo se aplicarán a las naves o
embarcaciones que se encuentren efectivamente realizando faenas de captura con cerco y no a las
embarcaciones que se dediquen al transporte de pescado, las cuales deben someterse a lo
dispuesto en el artículo 162 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Las pesquerías pelágicas sometidas a la presente son aquellas que cuenten con Plan de
Reducción del Descarte aprobado por resolución.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico
de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 25 de marzo de 2021.- Alicia Gallardo Lagno, Subsecretaria de Pesca y
Acuicultura.

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