Extracto de resolución exenta N°s. 406, 692, 1.356, 6.202, de 2016; 6.593, 6.950, 7.666, 8.769, 8.757, 1.997, de 2018 - 15 de Junio de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875169605

Extracto de resolución exenta N°s. 406, 692, 1.356, 6.202, de 2016; 6.593, 6.950, 7.666, 8.769, 8.757, 1.997, de 2018

Fecha de publicación15 Junio 2019
Número de registroCVE-1600899
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta42.380
CVE 1600899 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.380 | Sábado 15 de Junio de 2019 | Página 1 de 5
Normas Particulares
CVE 1600899
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / V Región de Valparaíso
NOTIFICACIONES
1.- Que, mediante resolución exenta N° 406 de fecha 28-04-2016, se resolvió la causa Rol
N° 1605-133 en contra de Deshidratadora del Aconcagua S.A. por el hecho denunciado mediante
Acta de Denuncia y Citación N° YY-426 de fecha 09-03-2016, que da cuenta de lo siguiente: la
cancha de secado recepciona fruta de área de contención con autorización de cosecha de área de
contención de la Región Metropolitana, resolviendo aplicar una multa de 38 Unidades
Tributarias Mensuales, vigente a la fecha del pago. Que, se tuvo a la vista lo dispuesto en la ley
N° 18.755 del año 1989, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley N° 3.557 de
fecha 29-12-1980, que establece Disposiciones sobre Protección Agrícola, ambas con sus
modificaciones; la resolución exenta N° 337 de fecha 16-01-2014, que modifica la resolución
exenta N° 3.080 del año 2003, la cual establece Criterios de Regionalización en Relación a
Plagas Cuarentenarias para el Territorio de Chile, modificada por la resolución exenta N° 8.125
de fecha 05-11-2015; la resolución exenta N° 4.287 de fecha 23-06-2014, que establece el
"Control Obligatorio de la Plaga Polilla del Racimo de la Vid" y deroga la resolución N° 6.853
del año 2013, todas del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución exenta
N° 1.822 de fecha 21-08-2015, que establece Área Regulada por Polilla de Racimo de la Vid
(Lobesia botrana) en los lugares que se indica y deja sin efecto la resolución exenta N° 900 de
fecha 27-04-2012 y sus modificaciones posteriores; la resolución exenta N° 509 de fecha
04-03-2011 y sus modificaciones y la resolución afecta N° 205 de fecha 15-04-2015, del
Director Nacional del Servicio, la cual designa a la Directora Regional Transitoria y Provisional
del Servicio, Región de Valparaíso. Al notificarse de la presente resolución al infractor, hágase
presente que tiene derecho a recurrir ante el Director Nacional del Servicio, a objeto de requerir
revisión de la misma, en un plazo de diez días hábiles siguiente de la notificación. Si no se
presentare el recurso deberá pagar la multa impuesta en las Oficinas del Servicio Agrícola y
Ganadero dentro del plazo de diez días hábiles de ejecutoriada la presente resolución, bajo el
apercibimiento legal correspondiente, ello sin perjuicio de la facultad del Director Regional del
Servicio de autorizar un convenio de pago de multa. Si el infractor no pagare la multa en el plazo
establecido o si se celebrare un convenio de pago, en caso de adeudar dos cuotas consecutivas, el
total del remanente impago pasará a la Tesorería General de la República para el procesamiento
de su cobro. Firmó: Francisca Herrera Monasterio, Directora Regional del SAG de la Región de
Valparaíso. El documento íntegro del presente extracto se encuentra disponible en todas las
oficinas del Servicio Agrícola y Ganadero a lo largo del país o en el siguiente url:
http://ceropapel.sag.gob.cl/documentos/documento.php?idDocumento=40097315.
2.- Que, mediante resolución exenta N° 692 de fecha 14-07-2016, se resolvió la causa Rol
N° 1605-216 en contra de Fábrica de Pallet y Embalajes La Unión Ltda., por los hechos
denunciados mediante Acta de Denuncia y Citación N° YY-555 de fecha 06-04-2016, que da
cuenta de lo siguiente: productor, al momento de la fiscalización de packing, no presenta
autorizaciones de libre movimiento, no existe un resguardo adecuado para los descartes de uva y
no existe una clara trazabilidad de la fruta, resolviendo aplicar una multa de 38 Unidades
Tributarias Mensuales, vigente a la fecha del pago. Que, se tuvo a la vista lo dispuesto en la Ley
N° 18.755 del año 1989, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley N° 3.557 de
fecha 29-12-1980, que establece Disposiciones sobre Protección Agrícola, ambas con sus
modificaciones; la resolución exenta N° 337 de fecha 16-01-2014, que modifica la resolución
exenta N° 3.080 del año 2003, la cual establece Criterios de Regionalización en Relación a
Plagas Cuarentenarias para el Territorio de Chile, modificada por la resolución exenta N° 8.125
de fecha 05-11-2015; la resolución exenta N° 4.287 de fecha 23-06-2014, que establece el

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