Extracto de Notificación Procedimiento para la dictación de Instrucción General sobre las condiciones de competencia en el mercado de los medios de pago con tarjetas de crédito, tarjetas de débito y tarjetas de pago con provisión de fondos - 2 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852219700

Extracto de Notificación Procedimiento para la dictación de Instrucción General sobre las condiciones de competencia en el mercado de los medios de pago con tarjetas de crédito, tarjetas de débito y tarjetas de pago con provisión de fondos

Número de registroCVE-1824276
Fecha de publicación02 Octubre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorTRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
Número de Gaceta42.770
CVE 1824276 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.770 | Viernes 2 de Octubre de 2020 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 1824276
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
EXTRACTO
En los autos Rol NC Nº 474-20, caratulados "Procedimiento para la dictación de Instrucción
General sobre las condiciones de competencia en el mercado de los medios de pago con tarjetas
de crédito, tarjetas de débito y tarjetas de pago con provisión de fondos", el Tribunal de Defensa
de la Libre Competencia ha ordenado publicar un extracto de la resolución de 25 de septiembre
de 2020 por la que se dio inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del DL Nº 211,
respecto del ejercicio de la facultad establecida en el artículo 18 Nº 3 del mismo cuerpo legal; y
se ordenó oficiar a diferentes organismos a fin que éstos, así como quienes tengan interés
legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de treinta días hábiles contados desde esta
publicación.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del DL Nº 211, solo aquellos que aporten
antecedentes en el plazo antes indicado y que confieran patrocinio a algún abogado habilitado
para el ejercicio de la profesión, podrán manifestar su opinión en la audiencia pública a que se
refiere el numeral 3) de dicho artículo.
El procedimiento y sus antecedentes estarán disponibles en el sitio web de este Tribunal
(www.tdlc.cl).- María José Poblete Gómez, Secretaria Abogada.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR