Extracto de Estudio de Impacto Ambiental Proyecto Parque Eólico Caman, adenda extraordinaria - 9 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852417400

Extracto de Estudio de Impacto Ambiental Proyecto Parque Eólico Caman, adenda extraordinaria

Fecha de publicación09 Septiembre 2020
Número de registroCVE-1812107
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Número de Gaceta42.752
CVE 1812107 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.752 | Miércoles 9 de Septiembre de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1812107
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Servicio de Evaluación Ambiental / XIV Región de Los Ríos
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO "PARQUE EÓLICO CAMAN",
ADENDA EXTRAORDINARIA
(Extracto)
Con fecha 30 de abril de 2018, AR Caman SpA (en adelante también el "Titular"),
actualmente representada por Diego Cornejo Bobadilla, sometió al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (en adelante también "SEIA") el Proyecto "Parque Eólico Caman" (en
adelante también el "Proyecto") mediante la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental
(en adelante también "EIA").
El proyecto "Parque Eólico Caman", consiste en un proyecto de generación de energía
eléctrica, ubicado en las comunas de Valdivia, Los Lagos y Paillaco, todas pertenecientes a la
Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos. El Proyecto estará constituido por 72
aerogeneradores (AG) de 4,2 MW cada uno, los que generarán una potencia máxima total de
302,4 MW. Se considera además la construcción de una subestación elevadora de 33/220 kV
(SEE), una canalización subterránea de 33 kV (que va desde los aerogeneradores hacia la SEE) y
una Línea de Transmisión Eléctrica de 220 kV. Esta última de una extensión aproximada de 3
km, cuyo trazado irá desde la subestación elevadora Caman 33/220 kV hasta subestación
eléctrica denominada "Cerros de Huichahue", la cual se enmarca en el proyecto "Línea 2x220 kV
Ciruelos - Pichirropulli".
Adicionalmente, se proyecta la habilitación y/o mejoramiento de algunos caminos de acceso
y la construcción de nuevos caminos hacia las diferentes estructuras, con el propósito de facilitar
el acceso al interior del Parque y el posterior mantenimiento durante la fase de operación. La
materialización del Proyecto considera una inversión estimada de USD$ 590 millones de dólares.
Con fecha 26 de noviembre de 2019, el Titular recibió el informe Consolidado de Solicitud
de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA Excepcional). Posteriormente y
con fecha 28 de abril de 2020, el Titular presentó la Adenda Extraordinaria la cual contiene las
respuestas a las observaciones formuladas en el ICSARA mencionado.
En virtud de las respuestas entregadas en Adenda Extraordinaria, se advierte que el
Proyecto ha sido objeto de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones que modifican
sustantivamente el Proyecto sometido a evaluación. En consideración a ello, mediante la
resolución exenta Nº33 de fecha 25 de mayo de 2020, la Dirección Regional del Servicio de
Evaluación Ambiental de la Región de Los Ríos, resolvió dar inicio a una nueva etapa de
participación ciudadana en el marco del proceso de evaluación ambiental del EIA del Proyecto
ya señalado.
Se informa, además, que la modificación sustantiva que justifica la apertura de un nuevo
proceso de participación ciudadana guarda relación con la identificación de un nuevo impacto
significativo no reconocido originalmente en el EIA, específicamente en relación con aquellos
efectos, características y circunstancias descritas por el artículo 11 letra c) de la ley Nº19.300
sobre Bases Generales del Medio Ambiente (en adelante "ley Nº 19.300") y el articulo 7 del
decreto supremo Nº40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante "RSEIA")
Este nuevo impacto significativo consiste en la alteración de los sistemas de vidas y
costumbres, a partir de la generación del efecto sombra asociado al funcionamiento de los
aerogeneradores del Parque Eólico Caman, denominando a este impacto como DBS-01:
Molestias a la población aledaña por obras y actividades del Proyecto - Fase de Operación. Al
respecto, se afirma que el control operacional, propio del diseño del Proyecto, denominado
'Shadow Control System' se configura como una "medida de mitigación" asegurando así la

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