Extracto de decreto exento número 202100216, de 2021.- Establece cuota anual de captura de la especie Langostino colorado en área de pesca que indica, año 2022 - 25 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878554071

Extracto de decreto exento número 202100216, de 2021.- Establece cuota anual de captura de la especie Langostino colorado en área de pesca que indica, año 2022

Fecha de publicación25 Noviembre 2021
Número de registroCVE-2045281
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Número de Gaceta43.112
CVE 2045281 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.112 | Jueves 25 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 2045281
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
ESTABLECE CUOTA ANUAL DE CAPTURA DE LA ESPECIE LANGOSTINO
COLORADO EN ÁREA DE PESCA QUE INDICA, AÑO 2022
(Extracto)
Por decreto exento Nº 202100216, de 19 de noviembre de 2021, de este Ministerio,
establécese para el año 2022 una cuota anual de captura del recurso Langostino colorado de
7.298 toneladas para ser capturadas en el área de la unidad de pesquería fijada por el inciso 3º del
artículo 4º transitorio del decreto supremo Nº 430, de 1991, del actual Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo.
De la cuota antes señalada se reservarán 115 toneladas para fines de investigación, 90
toneladas a ser extraídas en calidad de fauna acompañante y, para fines del artículo 39 de la Ley
General de Pesca y Acuicultura, se fija una cuota ascendente a 7.093 toneladas, fraccionadas de
la manera señalada en el decreto extractado.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 19 de noviembre de 2021.- Mónica Orellana Valdés, Subsecretaria de Pesca y
Acuicultura (S).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR