Extracto de decreto exento número 67, de 2020.- Establece veda biológica para el recurso Anchoveta en área y período que indica - 1 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852218653

Extracto de decreto exento número 67, de 2020.- Establece veda biológica para el recurso Anchoveta en área y período que indica

Fecha de publicación01 Octubre 2020
Número de registroCVE-1824266
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Número de Gaceta42.769
CVE 1824266 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.769 | Jueves 1 de Octubre de 2020 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 1824266
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
ESTABLECE VEDA BIOLÓGICA PARA EL RECURSO ANCHOVETA EN ÁREA Y
PERÍODO QUE INDICA
(Extracto)
Por decreto exento N° 67, de 27 de marzo de 2020, de este Ministerio, establécese una veda
biológica para el recurso Anchoveta Engraulis ringens, en el área marítima comprendida entre el
límite norte de la Región de Atacama y el límite sur de la Región de Coquimbo, la que regirá en
un periodo referencial comprendido entre el 16 de julio de cada año calendario y el 15 de febrero
del año calendario siguiente. Durante dicho periodo el Instituto de Fomento Pesquero efectuará
un monitoreo de la condición reproductiva del recurso.
Los indicadores biológicos utilizados para el establecimiento efectivo de la veda durante el
periodo referencial serán el Índice Gonadosomático (IGS) y la Proporción de Hembras Activas
(PHA), reportados en escala semana y por región por el referido instituto.
Los valores que activan la medida corresponden a la ocurrencia simultánea de un IGS
mayor o igual a 6,0% (IGS > 6,0%) y un PHA mayor o igual a 50% (PHA > a 50%), en una
región o en ambas regiones.
Una vez cumplido el criterio antes indicado se iniciará la veda en una región o en ambas
regiones, a partir del día subsiguiente a la publicación del reporte en la página de dominio
electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (www.subpesca.cl), y se extenderá por 45
días corridos.
Trascurridos los 45 días de veda y hasta el término del periodo referencial, la veda se
extenderá y/o activará nuevamente, al día subsiguiente de la publicación, si los indicadores se
superan simultáneamente, esto es, IGS > 6,0% y PHA > 50%; en caso contrario, la veda se
suspenderá en una región o ambas regiones, según corresponda, al día siguiente de la
publicación.
En caso que la veda se extienda y/o active, regirá en los siguientes periodos, según se
indica:
a) Por dos semanas sucesivas, si los indicadores son publicados entre el 1 de septiembre y
15 de octubre, ambas fechas incluidas. Sin perjuicio de lo anterior, estas dos semanas de veda no
podrán exceder el 15 de octubre.
b) Por una semana, si los indicadores son publicados con posterioridad al 15 de octubre.
No obstante lo establecido en el artículo anterior, si al 31 de agosto del año calendario
respectivo el criterio de inicio de veda no ha sido alcanzado, regirá automáticamente una veda
por 45 días corridos entre el 1 de septiembre y el 15 de octubre, ambas fechas inclusive,
cualquiera sea el valor de los indicadores IGS y PHA que señale el reporte del Instituto de
Fomento Pesquero.
Transcurridos los 45 días corridos, regirán las reglas establecidas en los incisos 5° y 6° del
artículo 1° anterior.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 27 de marzo de 2020.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y
Acuicultura.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR