Extiende la cobertura de las garantías exigidas en el marco de la contratación pública, al cumplimiento de las obligaciones contraídas en favor de las empresas de menor tamaño (MIPYME) a que se refiere la ley Nº20.416 - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914505773

Extiende la cobertura de las garantías exigidas en el marco de la contratación pública, al cumplimiento de las obligaciones contraídas en favor de las empresas de menor tamaño (MIPYME) a que se refiere la ley Nº20.416

Fecha10 Agosto 2020
Número de Iniciativa13700-03
Fecha de registro10 Agosto 2020
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Economía, Fomento y Desarrollo
Autor de la iniciativaAlarcón Rojas, Florcita, Barrera Moreno, Boris, Garín González, Renato, Mellado Suazo, Miguel, Mulet Martínez, Jaime, Naranjo Ortíz, Jaime, Sepúlveda Orbenes, Alejandra, Velásquez Núñez, Esteban
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
1
Proyecto de ley que extiende la cobertura de las garantías en la contratación pública
al cumplimiento de las obligaciones a favor de MIPYME
I. Antecedentes
1. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) están definidas en el artículo
segundo de la Ley 20.416, sobre empresas de menor tamaño, en los siguientes
términos: “Son microempresas aquellas empresas cuyos ingresos anuales por ventas
y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de
fomento en el último año calendario; pequeñas empresas, aquellas cuyos ingresos
anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400
unidades de fomento y no exceden de 25.000 unidades de fomento en el último año
calendario, y medianas empresas, aquellas cuyos ingresos anuales por ventas,
servicios y otras actividades del giro sean superiores a 25.000 unidades de fomento y
no exceden las 100.000 unidades de fomento en el último año calendario”.
2. Las MIPYME forman una parte imprescindible del proceso productivo en el país,
proveyendo de distintos bienes y servicios a otras empresas, o directamente a los
consumidores. Asimismo, participan directa o indirectamente en los distintos
contratos administrativos que celebra la Administración del Estado con el sector
privado para distintos fines, sea para suministrar bienes muebles, servicios, construir,
mantener o reparar obras públicas. Asimismo, también participan en la construcción,
mantención y reparación de líneas de transmisión eléctrica.
3. En efecto, distintos cuerpos legales y reglamentarios regulan estos contratos
administrativos. Así por ejemplo, la ley 19.886, en relación al denominado
contrato de suministro; el D.F.L. Nº 750 (Ley Orgánica del Ministerio de Obras
Públicas, en adelante MOP) y el D.S. 75 del mismo Ministerio, en relación al
contrato de construccion de obra pública; el D.S. 900 del MOP, en relación al
contrato de concesión de obra pública; y la Ley General de Servicios Eléctricos (DFL
Nº4) en relación con las líneas de transmisión eléctrica.
07-08-2020
11:44

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