'La expulsión es la única sanción posible para la presentación de documentación falsa' - 30 de Diciembre de 2021 - El Mercurio - Noticias - VLEX 879443146

'La expulsión es la única sanción posible para la presentación de documentación falsa'

E xequiel Segall, presidente de la primera sala del Tribunal de Disciplina de la ANFP, que acaba de expulsar a Melipilla, parte aclarando el reclamo de Copiapó, que pidió formalmente ser ascendido a Primera: "No tenemos ninguna relación con la decisión de suspender la liguilla de promoción, el tribunal no tiene esa facultad", señala, antes de pasar al fondo del fallo -apelable en la segunda sala- que condenó a los "Potros".-El Tribunal desestimó los casos de los futbolistas Mario Pardo y Nicolás Forttes, y solo fundó su sentencia en los pagos "en negro" recibidos por Ricardo Fuenzalida y José Huentelaf, ¿por qué?"Quedaron suficientemente acreditados los hechos con las declaraciones de Fuenzalida y Huentelaf, y estas fueron totalmente concordantes con la extensa documentación acompañada por los denunciantes . Con Pardo, en cambio, hubo un contrato firmado por el club y el jugador por un monto superior no registrado en la ANFP, pero es del 14 noviembre de 2018, lo que excede largamente el plazo de dos años que puede el tribunal investigar y resolver. En cuanto a Forttes, el Tribunal consideró que no estaba suficientemente acreditado el hecho antirreglamentario".-¿Eso fue porque el jugador no testificó?"Ese es un antecedente claro. Se estimó que con la prueba documental no estaba acreditado, haciendo presente que el señor Forttes, hoy jugador de Lautaro de Buin, no compareció a declarar".-Es decir, tiene una dependencia contractual con un club que tiene vínculos con Melipilla."No me corresponde emitir suposiciones de por qué no compareció el señor Forttes".-Como sea, en las sanciones contra Lautaro y la de Melipilla fue central el testimonio de los jugadores confirmando la denuncia: Hans Martínez y José Barrera en el primero, Fuenzalida y Huentelaf en el segundo."Fueron muy importantes las declaraciones de ambos jugadores, que fueron bastante completas".-La figura sancionada en ambos casos es la falsedad por ocultamiento."Claro, se sanciona porque hubo pagos regulares por concepto de remuneraciones no contemplados en los contratos de trabajo registrados en la ANFP. Esos hechos se encuadran en una falsificación ideológica, tan en boga por otros temas, y también existe falsedad por ocultamiento, porque los contenidos de los contratos registrados no representan fielmente al real acuerdo entre las partes".-¿El Oficial de Cumplimiento de la ANFP, que desestimó la denuncia contra Melipilla, tuvo a la vista los antecedentes de...

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