Resolución núm. 188, publicada el 06 de Febrero de 2007. AUTORIZA EXISTENCIA Y APRUEBA ESTATUTOS DE ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES MODELO SOCIEDAD ANONIMA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL |
Rango de Ley | Resolución |
AUTORIZA EXISTENCIA Y APRUEBA ESTATUTOS DE ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES MODELO SOCIEDAD ANONIMA
Certifico que por resolución Nº E-188-2007, de fecha 2 de febrero de 2007, se autorizó la existencia de la sociedad anónima Administradora de Fondos de Pensiones Modelo Sociedad Anónima y se aprobaron sus estatutos, que constan en la escritura pública de fecha 12 de enero de 2007, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Alberto Mozó Aguilar, rectificada por escritura complementaria de fecha 30 de enero de 2007, otorgada ante el Notario Público, don Roberto Loayza Casanova, Suplente del Titular, don Alberto Mozó Aguilar.
EXTRACTO
Accionistas :
-
Inversiones Atlántico Limitada,
representada por Andrés Navarro
Haeussler, ingeniero civil, y por
Pablo Navarro Haeussler, ingeniero
civil, ambos con domicilio en
Santiago, calle Los Ciruelos Nº 1882,
comuna de Lo Barnechea.
-
Inversiones La Letau Limitada,
representada por Pablo Navarro
Haeussler, ingeniero civil,
domiciliado en Santiago, calle Los
Ciruelos Nº 1882, comuna de Lo
Barnechea.
Nombre : Administradora de Fondos de Pensiones
Modelo Sociedad Anónima, denominación
que podrá ser abreviada con la sigla
A.F.P. Modelo S.A.
Domicilio : Ciudad de Santiago.
Duración : Indefinida.
Objeto
Exclusivo : La sociedad tendrá como objeto
exclusivo:
-
Administrar, en los
términos del D.L. Nº 3.500, de 1980,
Fondos de Pensiones que tendrán la
misma denominación de la sociedad, y
otorgar las prestaciones que establece
dicho cuerpo legal; b) Administrar el
sistema de pensiones de invalidez y
sobrevivencia, en los términos del D.L.
Nº 3.500, de 1980; y c) Recaudar las
cotizaciones previsionales cuyo cobro
le esté encomendado por la ley a las
Administradoras de Fondos de Pensiones
y darles el destino que la normativa
preceptúa; tramitar en los términos del
D.L. Nº 3.500, de 1980, el Bono de
Reconocimiento a que pudieran tener
derecho quienes se afilien a la
Administradora y, en general, realizar
las demás funciones y cometidos que la
normativa actual o futura asignen a las
Administradoras de Fondos de Pensiones.
Capital : $7.350.000.000, dividido en 7.350.000
acciones sin valor nominal que es
suscrito y pagado como sigue:
Inversiones Atlántico Ltda. suscribe
7.349.265 acciones y paga al momento de
la suscripción...
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