Resolución núm. 188, publicada el 06 de Febrero de 2007. AUTORIZA EXISTENCIA Y APRUEBA ESTATUTOS DE ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES MODELO SOCIEDAD ANONIMA - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470459034

Resolución núm. 188, publicada el 06 de Febrero de 2007. AUTORIZA EXISTENCIA Y APRUEBA ESTATUTOS DE ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES MODELO SOCIEDAD ANONIMA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

AUTORIZA EXISTENCIA Y APRUEBA ESTATUTOS DE ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES MODELO SOCIEDAD ANONIMA

Certifico que por resolución Nº E-188-2007, de fecha 2 de febrero de 2007, se autorizó la existencia de la sociedad anónima Administradora de Fondos de Pensiones Modelo Sociedad Anónima y se aprobaron sus estatutos, que constan en la escritura pública de fecha 12 de enero de 2007, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Alberto Mozó Aguilar, rectificada por escritura complementaria de fecha 30 de enero de 2007, otorgada ante el Notario Público, don Roberto Loayza Casanova, Suplente del Titular, don Alberto Mozó Aguilar.

EXTRACTO

Accionistas :

  1. Inversiones Atlántico Limitada,

    representada por Andrés Navarro

    Haeussler, ingeniero civil, y por

    Pablo Navarro Haeussler, ingeniero

    civil, ambos con domicilio en

    Santiago, calle Los Ciruelos Nº 1882,

    comuna de Lo Barnechea.

  2. Inversiones La Letau Limitada,

    representada por Pablo Navarro

    Haeussler, ingeniero civil,

    domiciliado en Santiago, calle Los

    Ciruelos Nº 1882, comuna de Lo

    Barnechea.

    Nombre : Administradora de Fondos de Pensiones

    Modelo Sociedad Anónima, denominación

    que podrá ser abreviada con la sigla

    A.F.P. Modelo S.A.

    Domicilio : Ciudad de Santiago.

    Duración : Indefinida.

    Objeto

    Exclusivo : La sociedad tendrá como objeto

    exclusivo:

  3. Administrar, en los

    términos del D.L. Nº 3.500, de 1980,

    Fondos de Pensiones que tendrán la

    misma denominación de la sociedad, y

    otorgar las prestaciones que establece

    dicho cuerpo legal; b) Administrar el

    sistema de pensiones de invalidez y

    sobrevivencia, en los términos del D.L.

    Nº 3.500, de 1980; y c) Recaudar las

    cotizaciones previsionales cuyo cobro

    le esté encomendado por la ley a las

    Administradoras de Fondos de Pensiones

    y darles el destino que la normativa

    preceptúa; tramitar en los términos del

    D.L. Nº 3.500, de 1980, el Bono de

    Reconocimiento a que pudieran tener

    derecho quienes se afilien a la

    Administradora y, en general, realizar

    las demás funciones y cometidos que la

    normativa actual o futura asignen a las

    Administradoras de Fondos de Pensiones.

    Capital : $7.350.000.000, dividido en 7.350.000

    acciones sin valor nominal que es

    suscrito y pagado como sigue:

    Inversiones Atlántico Ltda. suscribe

    7.349.265 acciones y paga al momento de

    la suscripción...

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