Ley núm. 17403, publicada el 23 de Enero de 1971. ESTABLECE NORMAS PARA EXIMIR DE LAS DECLARACIONES JURADAS A QUE ESTABAN SUJETOS LOS BENEFICIARIOS DE JUBILACION O MONTEPIO PARA DISFRUTAR DE REVALORIZACION DE PENSIONES - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470719870

Ley núm. 17403, publicada el 23 de Enero de 1971. ESTABLECE NORMAS PARA EXIMIR DE LAS DECLARACIONES JURADAS A QUE ESTABAN SUJETOS LOS BENEFICIARIOS DE JUBILACION O MONTEPIO PARA DISFRUTAR DE REVALORIZACION DE PENSIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyLey

ESTABLECE NORMAS PARA EXIMIR DE LAS DECLARACIONES JURADAS A QUE ESTABAN SUJETOS LOS BENEFICIARIOS DE JUBILACION O MONTEPIO PARA DISFRUTAR DE REVALORIZACION DE PENSIONES

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"ARTICULO UNICO Corresponderá exclusivamente a la Comisión Revalorizadora de Pensiones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13° de la ley 15.386 dictar las normas para eximir de las declaraciones juradas a los beneficiarios de jubilación o montepío que no gocen de otro ingreso de origen previsional para los efectos de determinar el derecho de dichos beneficiarios al goce de las prestaciones a que se refiere la citada ley 15.386.

ARTICULO TRANSITORIO Sin perjuicio de los acuerdos adoptados por la Comisión Revalorizadora de Pensiones, los beneficiarios de jubilación o montepío que por cualquiera causa no presentaron su declaración jurada antes del 1° de octubre de 1969, podrán hacerlo en el lapso de...

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