Decreto 1184 EXENTO - APRUEBA ESTUDIO SECCIONAL Nº 11/MODIFICACION AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANCAGUA - MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242870542

Decreto 1184 EXENTO - APRUEBA ESTUDIO SECCIONAL Nº 11/MODIFICACION AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANCAGUA

EmisorMUNICIPALIDAD DE RANCAGUA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ESTUDIO SECCIONAL Nº 11/MODIFICACION AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANCAGUA

Acuerdo Concejo Municipal de Rancagua

En sesión ordinaria Nº 61, celebrada el 18 de junio de 2002, el Honorable Concejo Municipal de Rancagua, aprobó por cinco votos a favor y una abstención de sus miembros asistentes, el "Estudio Seccional Nº 11/Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua" en conformidad a lo dispuesto en el texto modificatorio y Plano Seccional, que constan en el informe al Concejo, elaborado por el Asesor Urbanista, de la Secplac, de la Ilustre Municipalidad de Rancagua.

Rancagua, julio 12 de 2002.- Con esta fecha la Alcaldía decretó lo siguiente:

Núm. 1.184 exento.- Considerando:

  1. - Que es necesario realizar modificaciones al Plan Regulador Comunal de Rancagua.

  2. - Que la Secplac, a través del Asesor Urbanista, presentó el Proyecto "Estudio Seccional Nº

    11/Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua".

  3. - Que mediante decreto alcaldicio Nº 155, de fecha 13 de marzo del 2002, se dio inicio formal al trámite de modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua.

  4. - Que mediante certificado Nº 11, de fecha 11 de abril de 2002, el Secretario Municipal, en su calidad de Ministro de Fe, acreditó el cumplimiento del período de exhibición al público y plazo para formular observaciones al mencionado Seccional.

  5. - Que con fecha 18 de junio del 2002, el Honorable Concejo Municipal, en sesión ordinaria Nº 61, aprobó las modificaciones al referido Plan Regulador denominado Seccional Nº11.

  6. - Que, en dicha aprobación está contenido el "Informe al Concejo", presentado y expuesto por el Asesor Urbanista, el cual forma parte de la respectiva Acta de sesión del Concejo, descrita en el considerando anterior, y

    Vistos: Las facultades que me confieren la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la resolución Nº 117, de 2001, de la Contraloría General de la República,

    D e c r e t o:

    1. Apruébase el "Estudio Seccional Nº 11/Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua", en conformidad con lo dispuesto en el "Texto Modificatorio" y "Planos Seccionales", que constan en el informe al Concejo, elaborado por el Asesor Urbanista, de la Secplac, de la I.

      Municipalidad de Rancagua, documentos que por el presente decreto se aprueban.

    2. Remítase la totalidad de los antecedentes a la Dirección de Asesoría Jurídica, para la redacción y preparación del texto a ser publicado en el Diario Oficial, a través de la Dirección de Relaciones Públicas y Comunicaciones.

    3. Instrúyase a la Dirección de Asesoría Jurídica, proceder a la inscripción del texto modificatorio y planos seccionales, en el Conservador de Bienes Raíces de Rancagua.

    4. Remítase copia del texto modificatorio y planos seccionales a la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo VI Región.

      Anótese, comuníquese y archívese.- Por orden del señor Alcalde, Héctor Henríquez Contador, Administrador Municipal (S).- Carlos Morales Lara, Secretario Municipal.

      TEXTO MODIFICATORIO

      ESTUDIO SECCIONAL Nº11/MODIFICACION AL PLAN REGULADOR

      COMUNAL DE RANCAGUA

      1. Modificación Zonificaciones que componen la Red de Parques Urbanos:

        1) Modifíquese la denominación de la Zona EQ-PU, emplazada en el sector Barrio Estación, y que está comprendida entre los vértices del polígono G-H-I-J-G y reemplácese, en el mismo polígono, por la Zonificación clasificada como EQ-PU 2, según se expresa en plano oficial.

        2) Modifíquese la denominación de la Zona EQ, emplazada en el sector Población Sewell, y que está comprendida entre los vértices del polígono K-L-M-N-O- P-K, y reemplácese, por la Zonificación clasificada como EQ-PU 1, y que está comprendida entre los vértices del polígono Q-R-S-T-U-V-Q, según se expresa en plano oficial.

        3) Modifíquese la descripción de la Zona EQ-PU 1, descrita en el artículo Nº 29 de la ordenanza local, y reemplácese por la siguiente descripción:

        ZONA EQ-PU 1 (Equipamiento Parque Urbano del Tipo 1): (11)

        Definición: Se entenderá como "Equipamiento Parque Urbano del Tipo 1" toda área pública o privada...

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