Decreto núm. 90 EXENTO, publicado el 11 de Mayo de 1985. MODIFICA PLANO REGULADOR COMUNAL DE PICHILEMU
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE PICHILEMU |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA PLANO REGULADOR COMUNAL DE PICHILEMU
Num. 90 exento.- Pichilemu, 07 de marzo de 1985.- Considerando: La necesidad de reactualizar el Plan Regulador Comunal, en el sentido de establecer algunas exigencias o exenciones en materia de estacionamientos a los edificios que se construyan acogidas o no a la Ley de Propiedad Horizontal y;
Vistos: El DS Nº 145 del 13.09.84, que dispone el reemplazo del Art, 480 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización relativo a Estacionamientos; el Ord. Nº 203 del 01.03.85 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo VI Región, que instruye sobre la modificación del Plan Regulador Comunal; la Circular D.D.U. Nº 2 de fecha 18.02.85, que ordena la actualización de los Planos Reguladores; el DFL Nº 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones y en uso de las atribuciones que me confiere el Art. 12 del decreto ley Nº 1.289, Org nico de Municipalidades.
Decreto:
Art. 1º.- Modifícase el Plano Regulador Comunal de Pichilemu, aprobado por DS Nº 150 (V. y U.) del 10 de Septiembre de 1982, en el sentido de incorporar normas de estacionamientos para el área urbana de la comuna.
Art. 2º.- Reemplácese en la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Pichilemu el artículo 16 por el siguiente nuevo artículo.
Art. Nº 16: Los edificios que se construyan o cambien de destino el todo o parte de lo edificado cumplir n con las siguientes exigencias en materia de estacionamientos:
Destino Estándares mínimos
de Estacionamientos
-
- Habitacional 1 por cada 2
viviendas que
carezcan de acceso
vehícular
privado
-
- Comercial
2.1. Supermercados 1 por cada 25 M2
Sup. útil
construida
2.2. Servicentros 1 por cada 25 M2,
Sup. útil
construida si
ofrece servicios
diferentes a venta
de combustibles.
-
- Oficinas 1 por cada 50 M2
Sup. útil
construida
-
- Industrias 1 por cada 50 M2,
Sup. útil
construida
-
- Equipamiento
5.1. Socio Cultural
5.1.1. Sedes Sociales 1 por cada 50 M2,
de Sup. útil
construida
5.1.2. Otros 1 por cada 100 M2
Sup. útil
construida
5.2. Deportivo En este punto; para
efecto de cálculo
de la aplicación
del estándar se
considera la suma
de las exigencias
del recinto y de la
implementación
que se detalla a
continuación.
5.2.1. Estadios 1 por cada 500 M2
del recinto
deportivo
5.2.1.1. Estadios con
graderías 1 por cada 10 M2 de
graderías
...
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