Decreto núm. 90 EXENTO, publicado el 11 de Mayo de 1985. MODIFICA PLANO REGULADOR COMUNAL DE PICHILEMU - MUNICIPALIDAD DE PICHILEMU - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470930202

Decreto núm. 90 EXENTO, publicado el 11 de Mayo de 1985. MODIFICA PLANO REGULADOR COMUNAL DE PICHILEMU

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE PICHILEMU
Rango de LeyDecreto

MODIFICA PLANO REGULADOR COMUNAL DE PICHILEMU

Num. 90 exento.- Pichilemu, 07 de marzo de 1985.- Considerando: La necesidad de reactualizar el Plan Regulador Comunal, en el sentido de establecer algunas exigencias o exenciones en materia de estacionamientos a los edificios que se construyan acogidas o no a la Ley de Propiedad Horizontal y;

Vistos: El DS Nº 145 del 13.09.84, que dispone el reemplazo del Art, 480 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización relativo a Estacionamientos; el Ord. Nº 203 del 01.03.85 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo VI Región, que instruye sobre la modificación del Plan Regulador Comunal; la Circular D.D.U. Nº 2 de fecha 18.02.85, que ordena la actualización de los Planos Reguladores; el DFL Nº 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones y en uso de las atribuciones que me confiere el Art. 12 del decreto ley Nº 1.289, Org nico de Municipalidades.

Decreto:

Art. 1º.- Modifícase el Plano Regulador Comunal de Pichilemu, aprobado por DS Nº 150 (V. y U.) del 10 de Septiembre de 1982, en el sentido de incorporar normas de estacionamientos para el área urbana de la comuna.

Art. 2º.- Reemplácese en la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Pichilemu el artículo 16 por el siguiente nuevo artículo.

Art. Nº 16: Los edificios que se construyan o cambien de destino el todo o parte de lo edificado cumplir n con las siguientes exigencias en materia de estacionamientos:

Destino Estándares mínimos

de Estacionamientos

  1. - Habitacional 1 por cada 2

    viviendas que

    carezcan de acceso

    vehícular

    privado

  2. - Comercial

    2.1. Supermercados 1 por cada 25 M2

    Sup. útil

    construida

    2.2. Servicentros 1 por cada 25 M2,

    Sup. útil

    construida si

    ofrece servicios

    diferentes a venta

    de combustibles.

  3. - Oficinas 1 por cada 50 M2

    Sup. útil

    construida

  4. - Industrias 1 por cada 50 M2,

    Sup. útil

    construida

  5. - Equipamiento

    5.1. Socio Cultural

    5.1.1. Sedes Sociales 1 por cada 50 M2,

    de Sup. útil

    construida

    5.1.2. Otros 1 por cada 100 M2

    Sup. útil

    construida

    5.2. Deportivo En este punto; para

    efecto de cálculo

    de la aplicación

    del estándar se

    considera la suma

    de las exigencias

    del recinto y de la

    implementación

    que se detalla a

    continuación.

    5.2.1. Estadios 1 por cada 500 M2

    del recinto

    deportivo

    5.2.1.1. Estadios con

    graderías 1 por cada 10 M2 de

    graderías

    ...

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