Decreto núm. 80 EXENTO, publicado el 09 de Marzo de 1987. APRUEBA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS O CONCESIONES VARIAS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE OVALLE |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS O CONCESIONES VARIAS
Núm. 80 exento.- Ovalle, 30 de enero de 1987.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo No. 43 del DL 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales y las facultades que me confieren los artículos 12 y 13 del DL 1.289 de 1976, Orgánica de Municipalidades y Administración Comunal.
Decreto:
Apruébase la siguiente Ordenanza sobre Derechos Municipales por Permisos o Concesiones Varias, la cual regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
La presente Ordenanza tiene por objeto regular el monto y la forma de cobro de los derechos municipales que deben pagar aquellos que obtengan de la Municipalidad una concesión, permiso, o reciban un servicio.
Para todos los efectos de la presente Ordenanza, se entenderá por radio central el sector comprendido entre las siguientes calles: por el norte calles Libertad y Maestranza, por el sur calles Independencia y Antonio Tirado, por el oriente calle Antofagasta y por el poniente calle Carmen, ambos costados.
LIQUIDACION Y PAGO DE LOS DERECHOS
Cada Departamento municipal confeccionará la liquidación de derechos que proceda según se establece en esta Ordenanza y la dará a conocer al interesado, quien deberá enterar su pago en la Tesorería Municipal o en el Departamento de Educación y Salud dentro del plazo que corresponda.
Acreditado el pago mediante el comprobante que otorgue la Tesorería o el Departamento de Educación y Salud, el Departamento Municipal correspondiente otorgará la concesión, el permiso o prestará el respectivo servicio. En cada caso se dejará testimonio del pago efectuado en el registro correspondiente con indicación del Boletín de Ingreso y de su fecha.
DEVOLUCION DE DERECHOS MUNICIPALES
Cuando por cualquier causa corresponda devolver todo o parte de algún derecho municipal, deberá hacerse por decreto de pago del Alcalde, previo informe del correspondiente Departamento.
Copia del decreto de devolución indicada se transcribirá al Departamento respectivo para su anotación en los libros o registros correspondientes.
DERECHOS MUNICIPALES POR SERVICIO DE ASEO Y ORNATO
Los servicios especiales por extracción de basuras, escombros y otros distintos de los indicados en los artículos 6° y siguientes de la Ley de Rentas Municipales pagarán por concepto de derechos municipales, los que se indican más adelante:
-
Retiro de escombros, por metro cúbico 0,10 UTM
-
Retiro de ramas, hojas y otros provenientes
de jardines, por metro cúbico 0,10 UTM
-
Retiro de Kioscos 0, 50 UTM
-
Retiro de basuras 0,10 UTM
por m3
DERECHOS MUNICIPALES - TRANSPORTE - VEHICULOS Y OTROS
Permiso de estacionamiento reservado en bienes nacionales de uso público:
-
Vehículos citados en la letra a) art. 12 del
DL 3.063, por vehículos, semestral (5 metros) 1 UTM
-
Vehículos citados en la letra b) art. 12 del
DL 3.063, por vehículo, semestral (12 metros) 2 UTM
-
Los Servicios Públicos, en general, pagarán el
50% de los derechos antes indicados, previa
calificación que en cada caso hará el Alcalde.
-
Los Servicios de Gobierno Interior, Bomberos,
Hospital y Consultorios Médicos dependientes
del Estado, y Poder Judicial quedarán exentos
de este pago.
Los permisos y servicios que se señalan más adelante, pagarán los siguientes derechos:
-
Verificación de número de motor,
transformaciones, clasificaciones y otros afines,
incluido el certificado correspendiente, cuando
sea el caso 0,15 UTM
-
Revisión y control de taximetro, incluye sello
y control de licencia 0,10 UTM
-
Duplicado del permiso de circulación y/o sello
valorado 0,10 UTM
-
Control cada 6 años Licencia de Conducir Clase E 0,25 UTM
-
Registro de cambio de domicilio en Licencia de
Conducir y respecto de los permisos de
circulación de vehículos 0,10 UTM
-
Control cada 6 años Licencia de Conducir clase
A 2, B, C y D 0,50 UTM
-
Registro y cambio de nombres o apellidos del
titular de una Licencia 0,10 UTM
-
Examen psicotécnico cuando no se trate del que
debe rendirse para otorgamiento de licencia 0,10 UTM
-
Examen óptico o médico cuando no se trata del
que debe rendirse para el otorgamiento de
licencia 0,10 UTM
-
Exámenes y autorización para conducir vehículo
distinto a los que habilita la clase de licencia
obtenida 0,25 UTM
-
Permisos a escuela de Conductores para
practicar por trimestre y por vehículos
autorizados 1 UTM
-
Certificado de antigüedad de chofer u otros 0,10 UTM
-
Informaciones respecto a empadronamiento de
vehículos motorizados, por unidad, solicitados
por particulares 0,10 UTM
-
Señalización solicitada por particulares 1,50 UTM
-
Autorización de circulación de vehículos y/o
cargas con dimensiones que excedan los máximos
reglamentarios establecidos previo informe
favorable de la Dirección de Vialidad del
Ministerio de Obras, diario 0,10 UTM
-
Exámenes requeridos por el Municipio para
acreditar idoneidad física y/o psíquica del
conductor conforme al art. 19° Ley 18.290 0,25 UTM
-
Otros registros del titular de una licencia
no contemplados en que se deba usar una nueva
especie 0,10 UTM
-
Duplicado de licencia de conductor,
cualquiera sea su clase 0,25 UTM
-
Inscripción vehículo fuera de circulación 0,05 UTM
-
Autorización para cuidadores de vehículos,
semestral 0,10 UTM
-
Exámenes para el otorgamiento de licencia
de conducir, cualquiera sea su clase, de
conformidad al art. 21 de la Ley 18.290 0,10 UTM
Los servicios de bodegaje respecto de vehículos abandonados en la vía pública o retenidos por cualquier causa, que lleguen a recintos municipales, pagarán los siguientes derechos por día:
-
Motos, motocicletas, motonetas y bicicletas 0,62 UTM
-
Automóviles 0,05 UTM
-
Vehículos a tracción humana o animal 0,02 UTM
-
Camiones, camionetas de carga, buses y camiones 0,075 UTM
-
Otros no clasificados 0,03 UTM
Animales abandonados en bienes nacionales de uso público o terrenos Municipales, que por cualquier causa sean llevados a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba