Decreto 2847 EXENTO - APRUEBA ORDENANZA QUE REGULA LA INSTALACIÓN DE ANTENAS, PARÁBOLAS Y TORRES DESTINADAS AL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES
Emisor | MUNICIPALIDAD DE ARICA |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA ORDENANZA QUE REGULA LA INSTALACIÓN DE ANTENAS, PARÁBOLAS Y TORRES DESTINADAS AL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES
Núm. 2.847 exento.- Arica, 26 de mayo de 2009.- Vistos:
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Sesión Ordinaria Nº03/2009, de fecha 21 de enero del 2009 del Concejo Municipal.
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Acuerdo Nº020/2009, de fecha 21 de enero del 2009 del Concejo Municipal, en el cual se acuerda aprobar la "Ordenanza que regula la instalación de antenas, parábolas y torres destinadas al servicio de telecomunicaciones en la comuna de Arica".
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Sesión Ordinaria Nº10/2009, de fecha 1 de abril del 2009 del Concejo Municipal.
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Acuerdo Nº097/2008 de fecha 1 de abril del 2009, en el cual se acuerda ratificar el acuerdo Nº020/2009 de fecha 1 de abril del 2009 del Concejo Municipal.
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Las facultades que me confiere la Ley Nº18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades" y sus modificaciones,
Decreto:
Apruébase la "Ordenanza que regula la instalación de antenas, parábolas y torres destinadas al servicio de telecomunicaciones en la comuna de Arica".
La presente Ordenanza regula la instalación de antenas, parábolas y torres, para el servicio de radio, televisión, telefonía celular o personal y cualquier otro grupo de señales electromagnéticas destinadas a las telecomunicaciones en la Comuna de Arica.
1) "Antenas" aquel conjunto de elementos utilizados para emitir o recibir señales de radio, televisión, telefonía celular o personal y cualquier otra onda electromagnética o señal luminosa destinada a las telecomunicaciones.
2) "Parábola" aquel conjunto de elementos cuya forma consiste en una curva abierta simétrica respecto a un eje, con un solo foco y que resulta de cortar un cono circular recto por un plano paralelo a una generatriz y que para estos efectos es parte integrante de un sistema que emita o recibe ondas satelitales.
3) "Torre" en general toda edificación más alta que su superficie de apoyo y que se constituya en una estructura soportante de las antenas descritas en el pto. 1 precedente.
4) "Estación de Telefonía Celular" aquellas instalaciones o conjunto de instalaciones debidamente autorizadas por los organismos estatales pertinentes, para emitir o recibir señales de este servicio y...
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