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Decreto núm. 94 EXENTO, publicado el 13 de Septiembre de 1994. APRUEBA MODIFICACIONES A LA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE PUREN
Rango de LeyDecreto

APRUEBA MODIFICACIONES A LA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

Núm. 94 exento.- Purén, 21 de Julio de 1994.

Vistos y teniendo presente:

  1. - El Decreto Exento No. 13 del 28 de Enero de 1994 que aprueba la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales, Permisos, Concesiones y Servicios otorgados por la I. Municipalidad de Purén.

  2. - La Reunión Extraordinaria No. 17 del Concejo Municipal celebrada el 8 de Julio de 1994 que aprueba las modificaciones a la Ordenanza Local.

  3. - Los Art. 41, 42, 47, 48, 59 y 62 del DL No.

    3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales.

  4. - Y las facultades que me confiere la Ley No.

    18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, texto refundido.

    Decreto:

  5. - Apruébase las modificaciones a la Ordenanza Local sobre Concesiones, Permisos y Servicios otorgados por la I. Municipalidad de Purén, según se detalla a continuación:

    T I T U L O I I

    Derechos Relativos a Urbanismo y Construcciones

    Art. 4º: En la letra h) debe decir:

    1. Demoliciones con exigencia de plan de desratización........................Exento.

      T I T U L O I I I

      Derechos Relativos a Permisos, Comercio Ambulante, Propaganda, Instalaciones en Bienes Nacionales de Uso Público y Otros

      Art. 5º: En la letra a) se debe agregar lo siguiente:

      - Actuaciones y show artísticos (diario) 15% UTM.

      Art. 7º: En la letra d) debe decir:

    2. Ambulante en la vía pública, venta de frutas, verduras, cereales, productos del mar, en camioneta y/o camiones, diario 30% UTM.

      T I T U L O I V

      Derechos sobre Transporte, Tránsito y Vehículos

      Art. 8º: Se debe agregar la letra h) y la i):

    3. Los animales que no sean retirados dentro del plazo de 15 días de los corrales Municipales, serán rematados.

    4. Los vehículos que no sean retirados dentro del plazo de 6 meses de los corrales Municipales, serán rematados.

      Art. 9º: En la letra d) debe decir:

    5. Estacionamiento de vehículos de más de 1.750 kilos, sólo carga y descarga en calles céntricas, previa autorización Municipal de Inspección de Servicios................................. Exento

      Art. 12º: En la letra a) y d) debe decir:

    6. Inscripción (incluye padrón)............10% UTM.

    7. Renovación anual de la inscripción.......5% UTM.

      Se agregan las letras f) y g) y una nota:

    8. Inscripción y renovación carretas a tracción animal (incluye padrón) Exento

    9. Tanto los vehículos a tracción animal y humana estarán obligados a registrarse en el Depto. del Tránsito del Municipio; los infractores cancelarán una multa de.15% UTM.

      Nota...

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